La correcta valoración de las existencias es un elemento clave en la contabilidad de cualquier empresa, ya que influye directamente en el resultado fiscal del Impuesto sobre Sociedades.
Cuando la Agencia Tributaria revisa esta valoración en un procedimiento de inspección, no solo afecta al ejercicio inspeccionado, sino que puede tener consecuencias en ejercicios posteriores.
Esto plantea una cuestión importante para las empresas: ¿se pueden recuperar cantidades pagadas de más si Hacienda modifica estas cifras?
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¿Cómo afecta la valoración de existencias al resultado fiscal?
La diferencia entre el valor de las existencias iniciales y finales determina si se genera un ingreso o un gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades.
Si las existencias finales son superiores a las iniciales, se genera un ingreso; en caso contrario, cuando son inferiores, se registra un gasto.
¿Qué ocurre si Hacienda modifica el valor de las existencias en una inspección?
Cuando la Agencia Tributaria (AEAT) modifica el valor de las existencias finales en un procedimiento inspector, altera la base imponible del ejercicio revisado mediante un ajuste.
Sin embargo, este ajuste no debería limitarse únicamente a ese ejercicio, ya que también afecta a las existencias iniciales del ejercicio siguiente y, por tanto, a su tributación.
¿Puede Hacienda limitar el ajuste a un solo ejercicio?
Durante años, la AEAT ha sostenido que estos ajustes no podían trasladarse a otros ejercicios, al considerarlos un error contable que debía corregirse únicamente en el año inspeccionado.
Este criterio impedía que las empresas aplicasen los efectos favorables en ejercicios posteriores.
¿Qué ha cambiado con el criterio del TEAC?
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha modificado este enfoque, estableciendo que la Administración debe realizar una regularización completa de la situación tributaria del contribuyente.
Esto implica que no solo deben aplicarse los ajustes que aumentan la tributación, sino también aquellos que puedan resultar favorables para el contribuyente en otros ejercicios.
De este modo, se garantiza la coherencia contable y fiscal y se protegen los derechos del contribuyente.
¿Se pueden recuperar ingresos indebidos tras una inspección?
En consecuencia, el contribuyente puede tener derecho a rectificar la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades en ejercicios posteriores, ajustando correctamente la variación de existencias.
Esto permite recuperar las cantidades indebidamente ingresadas como consecuencia del criterio aplicado inicialmente por la Administración.
¿Puede rectificarse el Impuesto sobre Sociedades tras una inspección?
Nuestra empresa ha finalizado un procedimiento inspector correspondiente al año 2023, tras el cual la Administración Tributaria ha incrementado el valor de las existencias finales de ese ejercicio ¿Tendríamos derecho a rectificar el Impuesto sobre Sociedades?
¿Ha recibido una inspección y quiere saber si puede recuperar impuestos?
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