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¿Puede la AEAT reclamar una deuda tributaria a un socio después de varios años?
La Agencia de Administración Tributaria (AEAT) me notifica un procedimiento de responsabilidad tributaria solidaria por la deuda de una empresa de la que fui socio. Me sorprende, pues han transcurrido más de cuatro años
Derivación de responsabilidad tributaria solidaria
La derivación de responsabilidad tributaria solidaria faculta a la AEAT para reclamar a determinados terceros el pago de una deuda fiscal de otro deudor principal.
En estos procedimientos, los contribuyentes deberán tener muy presentes los plazos que la Ley General Tributaria establece para que la Administración pueda realizar una declaración formal de responsabilidad respecto de un tercero.
Inicio del cómputo del plazo de prescripción
Debe tenerse clara la fecha del día inicio del cómputo del posible plazo de prescripción. Conforme a la normativa tributaria, el día inicial se corresponde con el día que finaliza el plazo reglamentario para presentar la liquidación del respectivo impuesto, o bien, el día siguiente a la finalización de pago en período voluntario.
Interrupción del plazo de prescripción
Asimismo, se ha de tener en cuenta que la AEAT ha venido defendiendo, en cuanto a la interrupción del plazo de prescripción, que la actuación realizada con relación al deudor principal —la sociedad— interrumpía el plazo de prescripción frente al responsable solidario —el socio—.
La reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo reafirma una doctrina consolidada: las actuaciones realizadas frente al deudor principal no interrumpen el plazo de prescripción respecto del responsable solidario (socio), mientras no exista una previa declaración formal de responsabilidad solidaria contra el socio.
La base de esta jurisprudencia radica en que no puede mantenerse indefinidamente abierta la posibilidad de derivar responsabilidad a un tercero, fundándose, meramente, en que se han estado realizando actuaciones contra el deudor principal.
Conclusión
En definitiva, el socio contra el que se dirige la AEAT deberá comprobar si ha transcurrido el plazo de prescripción y, en particular, si dicho plazo ha sido interrumpido mediante una declaración formal, o no. En este último supuesto, el derecho de la AEAT habría prescrito.
¿Le reclaman una deuda tributaria como socio de una empresa?
Si ha recibido una notificación de derivación de responsabilidad, puede consultar con nuestro Abogado experto en Derecho Fiscal.