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¿Qué es la derivación de responsabilidad?

La derivación de responsabilidad tributaria es el mecanismo que tiene Hacienda para poder hacer efectivas aquellas deudas tributarias de difícil cobro.

Con este mecanismo la Administración Tributaria reclama cantidades derivadas tanto del impago como de cualquier otro incumplimiento en la liquidación de tributos como el IVA, impuesto de sociedades, retenciones e ingresos a cuenta….etc.

Tipos de Derivaciones de Responsabilidad

La derivación puede ser por:

  • Responsabilidad solidaria, en aquellos casos en que existen varios sujetos obligados al pago de la deuda
  • Responsabilidad subsidiaria que es en aquellos casos en que el deudor no tiene absolutamente ningún bien con el que responder de la deuda y existe un tercero que puede estar obligado a pagarla por él.

¿Cómo se exige la responsabilidad subsidiaria?

El procedimiento para exigir la responsabilidad subsidiaria es un procedimiento administrativo en el que se pueden hacer alegaciones y una vez dictada la resolución puede ser recurrida en vía administrativa o económico administrativa.

Es un procedimiento distinto para la responsabilidad solidaria y para la subsidiaria.

Procedimiento Responsabilidad subsidiaria

La Administración tributaria primero tiene que dirigirse contra el deudor principal y los deudores solidarios en el caso de que los haya y documentar que no existe ninguna vía de cobro de la deuda. Lo que se denomina “deudor fallido”

Procedimiento Responsabilidad Solidaria

En la responsabilidad subsidiaria la Administración Tributaria puede dirigirse directamente contra los responsables solidarios sin acreditar previamente la existencia del “deudor fallido”

 

¿Cómo podemos ayudar desde el despacho?

Desde el despacho nos ocupamos de tramitar en primer lugar, todo el procedimiento administrativo desde la primera notificación que realice la Administración Tributaria hasta la finalización de la reclamación económica-administrativa que corresponda garantizando que se cumpla con todos los requisitos procedimentales (notificaciones correctas, acceso al expediente…) así como con los requisitos del fondo de la deuda (prescripción, imputación de sanciones o recargos…)

Y en caso de finalizar la vía administrativa y que proceda, continuamos con la reclamación en la vía jurisdiccional contencioso administrativa hasta la total satisfacción de los intereses de nuestros clientes.

 

¡NECESITO ASESORAMIENTO!