El Ejecutivo con la finalidad de que las empresas vean mitigado el impacto económico derivado de la crisis del Covid-19 ha aprobado una serie de medidas financieras articuladas en sucesivas normas que indicamos a continuación.
El Real Decreto-Ley 7/2020 de 12 de marzo en esta materia ha aprobado las siguientes medidas:
- Se da una línea de financiación específica a través del ICO por importe de 400 millones de euros para atender las necesidades de liquidez de las empresas y trabajadores autónomos del sector turístico, así como de las actividades relacionadas que se estén viendo afectadas por la actual situación.
- Aplazamiento extraordinario del calendario de reembolso, en los préstamos concedidos por la Secretaría General de Industria y Pyme. Los beneficiarios de concesiones de los instrumentos de apoyo financiero a proyectos industriales podrán solicitar el aplazamiento del pago de principal y/o intereses de la anualidad en curso, siempre que su plazo de vencimiento sea inferior a seis meses a contar desde la entrada en vigor de la norma.
El Real Decreto-Ley 8/2020 de 17 de marzo establece en el Capítulo III las medidas para garantizar la liquidez con el fin de sostener la actividad económica. Dichas medidas son las siguientes:
- Se otorgarán avales a la financiación concedida por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos a empresas y autónomos para atender sus necesidades derivadas, entre otras, de la gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez.
- Con el fin de facilitar liquidez a las empresas, se amplía en 10.000 millones de € el límite de endeudamiento neto previsto para el Instituto de Crédito Oficial en la Ley de Presupuestos del Estado.
- Se crea una línea extraordinaria de cobertura aseguradora para empresas exportadoras con carácter extraordinario y con duración de 6 meses, siendo beneficiarios las pequeñas y medianas empresas, así como otras de mayor tamaño que no cotizan en bolsa.
- Se les concede a los prestatarios de créditos financieros concedidos a titulares de explotaciones agrarias afectados por la sequía del año 2017 acuerden con las entidades financieras prolongar hasta un año, el período de amortización.