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En BOE del 26 de marzo de 2020 se ha publicado, la Resolución de 25 de marzo de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por las que se aprueban las características del primer tramo por un importe máximo de 20.000 millones de euros de  la línea de avales del ICO para empresas y autónomos para paliar los efectos económicos del COVID-19.

Esta Resolución recoge el primer tramo de 20.000 millones de la Línea de Avales para empresas y autónomos,  de un importe máximo de 100.000 millones de euros aprobados en el Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo de 2020 que establece medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid19, para preservar los niveles de liquidez y circulante, para permitir que las empresas y autónomos continúen abonado sus pagos y manteniendo su actividad económica.

Condiciones y requisitos a cumplir en esta línea de avales ICO aprobadas

Reparto del primer tramo de 20.000 millones de euros:

  • 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a pymes y autónomos.
  • 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a empresas que no cumplan los requisitos de pyme.

Finalidad de la línea de avales

Esta línea de avales tiene como finalidad facilitar el mantenimiento de empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19 de los nuevos préstamos y otras medidas de financiación, así como las renovaciones concedidos por la entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otras, de pagos de salarios, facturas, pago de impuestos necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez.

Características de los préstamos

Las empresas y autónomos tienen que tener domicilio social en España y se hayan visto afectados por el COVID-19, siempre que:

  • Los préstamos y operaciones hayan sido formalizados o renovados con posterioridad al 17 de marzo del 2020.
  • Los préstamos a renovar no figuren situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019.
  • Los préstamos a renovar nos estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha 17 de marzo de 2020, bien por haber presentado solicitud de concurso, o por darse las circunstancias establecidas en el artículo 2.4 de la Ley 22/2003 de 9 de Julio, Concursal, para que el concurso sea solicitado por los acreedores.

Porcentajes máximos de avales

  • Pymes y empresas el aval del Estado ascenderá como máximo al 80% de la operación.
  • En empresas que no tengan la condición de pyme el aval del Estado cubrirá como máximo el 70% de nuevas operaciones y el 60% de operaciones de renovación.

Preguntas Frecuentes Avales ICO por Coronavirus

Plazo de solicitud de los avales: Hasta el 30 de septiembre del 2020.

Plazo de vencimiento máximo del aval: Tiene un plazo máximo de 5 años.

Tipo de interés: La entidad financiera establecerá el tipo de interés de acuerdo al mercado.

¿Dónde se solicitan?: En las entidades financieras que tengan acuerdo con el ICO