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pago de deudasLa Ley de Segunda Oportunidad permite, en algunos casos, la exoneración de todas las deudas. Te explicamos cómo conseguirlo.

La conocida como Ley de Segunda Oportunidad está pensada para cualquier persona física, no es necesario ser empresario o profesional.

Avalista arruinado: esta puede ser tu solución.

Se trata de una salida para aquellas personas, empresarios o comerciantes, que no pueden hacer frente a las deudas por su actividad o negocio, pero, sobre todo, para aquellos que, sin ser empresarios, prestaron avales a empresas o familiares y, ante el impago de los préstamos, les han derivado la deuda.

Si Ud. es una de estas personas debe saber que a través de un concurso, cumpliendo determinados requisitos, puede volver a empezar de cero.

Una oportunidad única, ¿requisitos exigentes?

La Ley facilitada la segunda oportunidad pero también es exigente con los requisitos.

Los más importantes son los siguientes:

  • No haber sido condenado por determinados delitos en los 10 años anteriores.
  • La petición se debe tramitar mediante un concurso voluntario de acreedores ante el Juzgado Mercantil.
  • El concurso debe ser calificado como fortuito (es decir, no culpable)
  • A través del concurso se liquidarán todos los bienes del deudor (por escasos que sean).
  • Como los bienes el deudor serán insuficientes para pagar a sus acreedores, deberá presentar un plan de pagos para los siguientes cinco años (en muchos casos, en base a expectativas futuras) y mostrar una buena conducta en esos años.

La exoneración definitiva del pasivo, en manos del Juez.

La liberación definitiva de la deuda será acordada por el Juez, previa consulta a los acreedores, siempre que el deudor haya mostrado una buena conducta y dedicado al menos el 50% de sus ingresos durante esos 5 años al pago de sus acreedores.

Cuidado con las excepciones.

Como toda norma legal, siempre hay excepciones. En este caso, nada despreciables:

  • El concurso no afecta a las hipotecas sobre viviendas, que se ejecutan de forma separada
  • El perdón no afecta, en principio, a las deudas de Seguridad Social y Agencia Tributaria

En conclusión, se trata de un procedimiento complejo pero que puede dar una solución muy satisfactoria a determinadas personas endeudadas.