En los últimos años han experimentado un gran auge los NFTs o tokens no fungibles (Non Fungible Token en inglés) en el mundo del arte. Dichos archivos usan la misma tecnología que las criptomonedas, pero no se pueden dividir ni intercambiar entre sí, pero si se pueden comprar y vender.
La tributación de los NFTs en el IVA o en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
La compra-venta de dichos archivos conlleva una tributación en IVA o el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) según la condición del vendedor.
En el caso de que se realice en el ámbito empresarial y el que vende es un empresario o profesional que actúe dentro de la actividad económica se aplicará el IVA.
Si el que vende es un particular la operación queda sujeto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
El sujeto que está obligado al pago de alguno de los dos impuestos (IVA o Transmisiones Patrimoniales) es el comprador, por lo que atendiendo a las circunstancias indicadas en el apartado anterior tributará por uno u otro Impuesto.
Respecto al tipo impositivo de IVA hay que tener en cuenta la categoría que pertenece el NFT. Veamos un ejemplo, si se trata de una fotografía al ser un bien mueble el IVA que le corresponde es el del 4%.
La tributación de los NFTs en la declaración de la renta.
La compra-venta de NFTs también tiene incidencia en la declaración de la renta, pero en este caso, al contrario que en los Impuestos indicados en el apartado anterior quién tiene que declarar la misma es el vendedor.
Para determinar en qué partida de la declaración de la renta se deben de indicar dichos rendimientos, debemos previamente determinar si el vendedor es un empresario o un particular.
Si es un empresario (un artista o una persona que se dedique de forma directa a una actividad que esté relacionada con los NFT) el rendimiento que obtenga con dicha venta se declarará como un rendimiento de su actividad económica.
Si se trata de un particular la venta de dicho NFT se declarará en el IRPF como una ganancia patrimonial (de la misma forma que si vendes un inmueble).
No obstante, como es un producto que está empezando a cobrar auge, es previsible que en un futuro se apruebe una legislación específica para los mismos para evitar vacíos legales con la consiguiente inseguridad jurídica que conlleva, lo que conlleva la necesidad de contar con un asesoramiento especializado en esta materia.