La foto de los concursos de acreedores en la provincia de A Coruña está cambiando. Las empresas pierden peso entre los procedimientos que llegan a los juzgados, mientras los particulares, especialmente quienes no desarrollan una actividad empresarial, continúan tirando al alza de unas cifras que, de mantenerse el ritmo de los seis primeros meses del año, dejarían un volumen de concursos superior al registrado en 2025.
A partir de las memorias judiciales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y de los datos consolidados del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la provincia cerró el 2025 con unos 1.980 concursos. De ellos, alrededor de 1.580 correspondieron a personas físicas no empresarias, unos 180 a autónomos y cerca de 220 a personas jurídicas, es decir, sociedades mercantiles.
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¿Qué muestran los datos de concursos en A Coruña durante 2026?
En la primera mitad de 2026 ya se han contabilizado aproximadamente 1.070 procedimientos: unos 890 de personas físicas no empresarias, 85 de personas físicas empresarias y 95 de sociedades.
Si la evolución mantiene este ritmo durante el segundo semestre, la provincia podría superar los 2.100 concursos al cierre del ejercicio, por encima de los registrados el año pasado.
El contraste resulta especialmente visible en el caso de las empresas. Las sociedades apenas acumulan en seis meses el 43% del volumen que registraron en todo el 2025.
El resultado es una estructura concursal cada vez más dominada por las personas físicas, con la denominada Ley de Segunda Oportunidad como una de las principales vías utilizadas para afrontar situaciones de sobreendeudamiento.
¿Qué peso tiene el concurso sin masa en las personas físicas?
El abogado Carlos Tomé precisa que más del 86% de las personas físicas que iniciaron concurso en la provincia durante el primer semestre lo hicieron mediante la fórmula del concurso sin masa.
Este procedimiento permite una tramitación más rápida cuando no existen bienes suficientes para atender los créditos y abre el camino hacia la solicitud de la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI).
¿Por qué aumentan los concursos de personas físicas?
Cristóbal Dobarro, jurista mercantil ferrolano, considera que las cifras coinciden con lo que se percibe en los despachos. En su opinión, la diferencia entre ambos tipos de deudor es cada vez más clara: los concursos de personas físicas son mucho más numerosos y, en una parte importante de los casos, corresponden a consumidores o familias que han acumulado un nivel de deuda difícil de asumir.
Dobarro apunta al sobreendeudamiento como una de las causas. Cada vez se observan más casos de familias que acceden a un crédito excesivo y, llegado un determinado momento, no pueden hacer frente a todas sus deudas y deben acudir al concurso de acreedores.
¿Qué lectura hacen los empresarios del descenso de concursos de empresas?
La menor presencia de empresas en las estadísticas no implica que hayan desaparecido las dificultades financieras.
Parte de las compañías que atraviesan problemas están optando por fórmulas distintas, como las disoluciones y liquidaciones directas y, en el caso de las microempresas, el procedimiento especial simplificado previsto en la legislación concursal.
Desde la Confederación de Empresarios de A Coruña (CEC), su presidente, Antonio Fontenla, considera que el descenso de los concursos de acreedores es una señal positiva, pero debe interpretarse con prudencia.
Fontenla atribuye parte del comportamiento actual a la capacidad de resistencia que ha mostrado el tejido productivo y a la posibilidad de que las empresas estén buscando alternativas antes de llegar a una situación concursal.
Al mismo tiempo, considera necesario facilitar el acceso a la financiación y mantener un marco que favorezca la inversión, la competitividad y el crecimiento.
La Confederación evita, en cualquier caso, hablar de un cambio de tendencia consolidado en la actualidad. Fontenla reclama esperar a los próximos meses y analizar los concursos junto a otros indicadores, como las disoluciones empresariales, la creación de sociedades, la inversión o la financiación.
¿Qué diferencia existe entre concursos de empresas y de personas físicas?
El abogado Carlos Tomé, del despacho Caruncho y Tomé, advierte de que, al mezclar ambos datos —empresas y personas físicas—, se puede dibujar una imagen de deterioro de la actividad económica que no se corresponde con lo que está sucediendo.
En este sentido, resume que los concursos de empresas no están aumentando, pero los de personas físicas sí lo están haciendo claramente.
Según su experiencia, estos procedimientos se han incrementado a ritmos superiores al 50% interanual. Esta evolución se relaciona con los cambios introducidos en la normativa concursal y con determinadas resoluciones del Tribunal Supremo que, en su interpretación, han facilitado tanto la presentación como la prosperabilidad de este tipo de procedimientos.
La consecuencia es un aumento muy notable de las personas que acuden a esta vía para tratar de resolver situaciones de insolvencia acumuladas durante años.
Tomé señala que muchas arrastran deudas con bancos, préstamos pendientes o renegociaciones que no habían podido afrontar y que, junto a nuevas obligaciones, terminaron formando una auténtica bola de nieve.
¿Debe confundirse este aumento con un empeoramiento general de la economía?
El jurista insiste en que este fenómeno no debe confundirse con un empeoramiento general de la actividad económica.
No aprecia que la situación empresarial actual esté provocando un repunte de las insolvencias de sociedades y apunta que los indicadores generales de la economía española tampoco describen un escenario de recesión.
El incremento, por tanto, tendría principalmente que ver con la mayor facilidad para acudir al procedimiento concursal por parte de las personas físicas.
Ese cambio también ha generado un aumento de la oferta de servicios jurídicos especializados en este ámbito. Tomé apunta que basta con observar la publicidad en internet para comprobar la proliferación de plataformas y despachos que ofrecen a los particulares soluciones para la cancelación de sus deudas mediante procedimientos de segunda oportunidad.
¿Qué deben tener en cuenta los administradores de empresas insolventes?
En las empresas, una de las principales preocupaciones de los administradores es precisamente su responsabilidad personal.
Tomé recuerda que, cuando una sociedad se encuentra en situación de insolvencia, sus administradores tienen la obligación de actuar y que no hacerlo puede acabar teniendo consecuencias sobre su patrimonio si posteriormente se declara un concurso culpable.
Por ello, en situaciones de insolvencia empresarial, resulta importante valorar a tiempo las obligaciones legales del órgano de administración y los riesgos derivados de una actuación tardía. Sobre esta cuestión puede consultarse también nuestro artículo sobre la responsabilidad por presentar tarde la solicitud de concurso.
Conclusión
Los concursos de acreedores en la provincia de A Coruña muestran una evolución desigual: las sociedades mercantiles pierden peso relativo, mientras las personas físicas y familias concentran una parte creciente de los procedimientos.
La Ley de Segunda Oportunidad, el concurso sin masa y la posibilidad de solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho explican buena parte de este cambio en el perfil del deudor.
Al mismo tiempo, la bajada de concursos empresariales debe interpretarse con cautela, teniendo en cuenta otros indicadores económicos y las posibles alternativas que están utilizando las empresas antes de acudir al concurso.
¿Necesita asesoramiento ante una situación de insolvencia?
Si necesita valorar un concurso de acreedores, una situación de sobreendeudamiento o la responsabilidad de los administradores de una sociedad, puede consultar con nuestro Abogado especialista en Derecho Concursal.
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