Las ventas de unidades de negocios en concursos de acreedores están permitiendo la supervivencia de las empresas, te explicamos cómo hacerlo.
En artículos anteriores hemos insistido en que el concurso no es el fin de la empresa. Al contrario, se trata de un instrumento que, en muchos casos, ayuda a su supervivencia.
En esta ocasión comentamos lo que se conoce como venta de la unidad productiva, una solución que permite la continuidad de la actividad con una empresa saneada.
La venta de la empresa como unidad del negocio a través del concurso permite continuar con la actividad y mantener los puestos de trabajo, por eso los juzgados están siendo muy receptivos a esta posibilidad.
Esta venta debe ser autorizada por el Juez y cabe realizarla en la fase inicial del procedimiento, inmediatamente después de declarado el concurso.
¿Qué sucede con las deudas?:
Aquí la pregunta del millón, ¿qué sucede con las deudas?. Lógicamente la empresa que va al concurso es porque no puede pagar y lo habitual es que acumule obligaciones pendientes de pago con Hacienda, Seguridad Social, trabajadores, bancos y proveedores.
Esta cuestión debe ser resuelta por el Juez, una vez que valore las condiciones de la venta.
La regla general, y aquí está la gran ventaja de esta solución, es que la venta del negocio en el procedimiento concursal supone la transmisión de los activos pero no de los pasivos, es decir, no se transmiten las deudas al comprador.
Pero esta afirmación debe ser matizada con respecto a la naturaleza de algunas de estas deudas:
- Deudas laborales: podrá acordarse por el juez que el comprador no asuma los salarios o indemnizaciones laborales pendientes de pago en la parte no asumida por el FOGASA.
- Deudas tributarias: en ningún caso el comprador asume las deudas con Hacienda anteriores, pues así lo establece la legislación fiscal.
- Deudas con Seguridad Social: a diferencia de las anteriores, las deudas con Seguridad Social pueden derivarse al adquirente del negocio según la legislación social. Sin embargo, el juez del concurso podrá declarar lo contrario, es decir, mantener que el comprador también quede libre de este tipo de deudas.
Qué requisitos debe reunir el comprador.
El comprador deberá garantizar la continuidad de la actividad con una propuesta lo suficientemente solvente para que sea aprobada por el Juez.
Es conveniente que junto a la oferta de compra un plan de negocio o viabilidad de la empresa que incluya los medios o recursos que destinará a reflotar el negocio.
No hay ningún impedimento legal para que la oferta la puedan presentar socios o personas relacionadas con la empresa concursada. Esto es aún más si cabe un aliciente para utilizar esta vía como forma de supervivencia empresarial.