La regla general es que los autónomos responden de las deudas que genere su negocio “con todos sus bienes presentes y futuros”, por lo que, con su trabajo, los trabajadores por cuenta ajena exponen su vivienda, sus cuentas bancarias, bienes familiares y, en definitiva, todo su patrimonio. Así lo establece el artículo 1911 del Código Civil.
Esta regla general, no obstante, tiene una excepción: los autónomos pueden limitar su responsabilidad dándose de alta como Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL).
Esta figura se creó hace más de diez años, pero no ha tenido mucho éxito hasta ahora, ya que en la práctica no hay mucha diferencia con las sociedades limitadas unipersonales.
Por ello, la Ley Crea y Crece, en vigor desde hoy, amplía la figura del ERL y pasa a tener las siguientes características:
- La condición de Emprendedor de Responsabilidad Limitada se adquirirá mediante su constancia en el Registro Mercantil correspondiente a su domicilio.
- No podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad el deudor que hubiera actuado con fraude o negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones con terceros, siempre que así constare acreditado por sentencia firme o en concurso declarado culpable
- Las viviendas protegidas tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
- El valor de la vivienda habitual protegida no podrá ser superior a 300.000 Euros. Para su valor, se tendrá en cuenta la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Cuando las viviendas estén situadas en poblaciones de más de 1 millón de habitantes, se aplicará un coeficiente del 1,5 al valor del párrafo anterior.
- Tendrá que estar inscrita en el Registro Mercantil y en el Registro de la Propiedad
- Por su parte, los bienes del negocio tendrán los siguientes requisitos:
- Pueden protegerse bienes inmuebles propios o comunes y bienes de equipo productivo
- Deben inscribirse en el Registro Mercantil. Además, en el caso de los inmuebles, deberán estar inscritos en el Registro de la Propiedad y, en el caso de los bienes de equipo productivos, en el Registro de Bienes Muebles.
- Superar los 300.000 Euros de valor, con la excepción antes contemplada para las viviendas
En Caruncho & Tomé podemos proporcionarte una asesoramiento experto y personalizado para poder decidir la opción más ventajosa en atención a las circunstancias personales de cada cliente, pasa así lograr la mejor protección preventiva del patrimonio personal del trabajador autónomo.