Dentro de unos días vence el plazo para legalizar los libros del ejercicio 2014, si aún no lo has hecho te interesa seguir leyendo.
¿Qué libros hay que legalizar?
a)Inventario de Cuentas: formado por los siguientes documentos:
- Balance de Sumas y Saldos (anual o trimestral).
- Cuenta de Pérdidas y Ganancias anual o trimestral.
- Balance de Situación (anual o trimestral).
b) Diario oficial:
En el diario oficial debe constar la apertura y el cierre, una vez reenumerados todos los asientos.
c)Libros societarios:
- Actas de junta y consejo correspondientes al ejercicio 2014 debidamente firmadas.
- Transmisiones de acciones y/o participaciones sociales que se hayan realizado durante el ejercicio 2014.
- Contratos suscritos con el socio único durante el ejercicio 2014 debidamente firmados.
Especial atención merecen las actas de la Junta de Socios y del Consejo de Administración. Desde este foro siempre hemos insistido en la importancia que tiene conservar bien documentados todos los acuerdos adoptados tanto en Junta de Socios como en Consejos y aquí radica la importancia, por encima de los demás, de su Secretario.
Adiós al papel…
Todos los libros deberán constar en soporte informático y ser presentados a Hacienda de forma telemática
De ser la primera presentación telemática de los libros societarios, los mismos deberán ir acompañados en todo caso de la correspondiente certificación de cierre de libros físicos firmada por el administrador.