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Ya vimos con anterioridad el Efecto del Coronavirus en la formulación de las Cuentas Anuales, ahora el Colegio de Registradores de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) han hecho público, con fecha 26 de marzo de 2020, un comunicado relativo a la incidencia de la situación de crisis sanitaria del COVID 19, proponiendo, ante tal circunstancia absolutamente extraordinaria no tenida en cuenta por las entidades, planteando las siguientes alternativas:

1.- Reformulación de las Cuentas Anuales y modificación de la propuesta de aplicación del resultado, conforme a lo dispuesto en el artículo 38.c del Código de Comercio y artículo 25 de la Resolución del ICAC de 5 de marzo de 2019.

Si la junta general ya estuviera convocada, la reformulación obligaría a su desconvocatoria por causa de fuerza mayor, conforme al artículo 40.6 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 (RDL 8/2020)

2.- Sustitución la propuesta de aplicación del resultados contenida en las Cuentas Anuales formuladas por otra propuesta alternativa, ajustada a la situación de crisis sanitaria y aprobada por el órgano de administración, si la Junta no estuviese convocada y cuya nueva propuesta se ha de someter a la Junta en su día convocada, acompañada, en su caso, de un escrito-informe del auditor de cuentas.

3.- Traslado de la decisión de la Junta ya convocada sobre la propuesta de aplicación de resultados incluida en la convocatoria a una junta posterior a celebrar dentro del plazo ampliado legalmente para la junta ordinaria (RDL 8/2020), mediando la justificación, el escrito-informe del auditor de cuentas y la publicidad de la decisión no más tarde de la constitución de la junta convocada.