Antes de llamar a tu compañía de seguros te interesa seguir leyendo. Descubrirás que tu seguro cubre muchas más prestaciones de las que imaginas.
Una de las actuaciones inmediatas de cualquier persona tras la adquisición de una vivienda es la de contratar un seguro de hogar, no solo porque sea una exigencia impuesta por el Banco con el que tengamos contratada la hipoteca, sino porque representa una tranquilidad para el futuro.
En la mayoría de las ocasiones, firmamos la póliza que nos presenta el banco sin leer ni las condiciones generales ni las particulares del contrato (en muchos casos, además, ni lo conservamos) desconociendo en la mayoría de los casos las prestaciones que nos ofrece este tipo de seguro.
El continente y el contenido …
Antes de explicar las coberturas del seguro de hogar es necesario, para una mejor comprensión, diferenciar el continente del contenido, conceptos que para el lector profano pueden ser desconocidos.
El continente corresponde al edificio o a la estructura de la vivienda, al garaje, al trastero, a zonas comunes, así como a instalaciones tales como pueden ser las antenas de televisión, o como elementos fijos de la vivienda. Así, el seguro que cubre el continente nos reparará a modo de ejemplo la rotura del cristal de una ventana o la pared que se haya quemado por un descuido cocinando.
El contenido lo conforman los muebles, electrodomésticos, equipos electrónicos y cualquier objeto de uso personal, siendo mayor la prima abonada por el seguro cuando mayor sea el valor otorgado a los bienes que existen en el interior de la vivienda.
Lo más importante: tu seguro de hogar puede cubrir los daños a terceros.
Además del continente y del contendido otra cobertura del seguro de hogar es la responsabilidad civil, sin duda la más desconocida pero que en ocasiones puede ser la más importante ya que nos ayudará a resolver muchos problemas y conflictos cotidianos.
Algunas de estas prestaciones desconocidas del seguro de hogar son, por ejemplo, los daños y lesiones que pudieran ocasionar los perros que vivan habitualmente en el domicilio familiar, que deberán de disponer de una cartilla sanitaria, sin que se cubra la responsabilidad civil derivada de los daños ocasionados por razas peligrosas, que deberán de ser objeto de un seguro independiente.
Otra de las coberturas del seguro de hogar será la relativa al robo en la vía pública. De este modo la mayor parte de los seguros cubrirán, en el caso en el que los ocupantes habituales de la vivienda sufran un robo en la vía pública una cantidad del importe de los objetos o del dinero sustraído, limite que vendrá determinado en el condicionado del contrato.
Quizás el supuesto más interesante y desconocido del seguro de hogar es que a través del mismo quedarán cubiertas las lesiones y daños ocasionados por los habitantes de la vivienda indicados en la póliza de seguro, siempre que en su causación no haya mediado mala fe, quedando por lo tanto cubiertas las actuaciones imprudentes de los mayores de edad ocupantes habituales de la vivienda, pudiendo poner como ejemplo que la entidad aseguradora respondería ante el propietario de un vehículo por los daños ocasionados al mismo al haberse precipitado accidentalmente una maceta desde nuestra terraza o en el caso en el que uno de los ocupantes de la vivienda atropelle a un peatón por una conducta imprudente cuando paseaba en bicicleta, siempre que la práctica de tal deporte no se realice de forma profesional.
El seguro igualmente cubrirá también los daños que produzcan los niños o incapaces que residan en la vivienda. De este modo se indemnizará al propietario de un negocio que como consecuencia del pelotazo de un niño, ocupante habitual de la vivienda, rompe el cristal del escaparate o las consecuencias de la actuación imprudente de un menor que jugando con otro en el parque rompe las gafas de éste.
No podemos olvidar una prestación más en un seguro de vivienda con responsabilidad civil como es que la defensa jurídica con la que cuentan los asegurados en caso de ser demandados por alguna causa relativa a la vivienda, aunque también incluyen la posibilidad de representar los intereses legales de los asegurados cuando éstos presentan una reclamación a un tercero.
Dos últimos consejos:
Para terminar dos últimos apuntes a tener en cuenta. El primero es para recordar, ya que nos encontramos inmersos en la campaña de la Renta del ejercicio 2013, que es deducible el seguro de hogar (así como el de vida), si son productos vinculados a una hipoteca que financia la compra de primera vivienda habitual.
El segundo va dirigido a prestar especial atención a lo hora de contratar un seguro de hogar, debiendo de tener en cuenta que lo primordial no es el precio, puesto que como acabamos de explicar deberá de prestarse especial atención a las coberturas que incluye tal seguro, a fin de evitar futuras sorpresas desagradables cuando acontece un siniestro.