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En lo que llevamos de año, las ventas online han aumentado más de un 50% respecto del año 2020. El ecommerce o comercio electrónico ha pasado a ser uno de los métodos más comunes de ventas de producto y todo apunta a que, en un futuro próximo, será la forma más habitual de comprar productos y contratar servicios por los consumidores y usuarios.

Es por ello por lo que cada vez son más los negocios tradicionales que dan el salto a la venta por internet de sus productos y servicios. Y, asimismo, cada vez son más los empresarios que crean negocios online desde cero, prescindiendo de los establecimientos físicos abiertos al público.

Tanto si estás pensando en ampliar tu negocio, como si estás pensando en crear desde su inicio un negocio de venta online, es preciso que tengas en cuenta los requisitos legales necesarios para ello.

 

Obligaciones fiscales

A partir del 1 de julio de 2021 ha entrado en vigor una modificación del IVA en lo que respecta al comercio digital, “online”, de bienes y servicios entre empresas y particulares.

Las ventas a distancia intracomunitarias desde el 1 de julio deben de someterse a tributación de la siguiente forma:

  1. Existe un umbral único y común de 10.000 euros para ventas a distancia y servicios TRE (que son los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión, de televisión y los prestados por vía electrónica). Por debajo de dicho umbral las ventas a particulares siguen estando sujetos al IVA del Estado miembro de origen. Por encima de dicho umbral, los empresarios vendedores online a distancia de bienes y prestadores de servicios TRE deben repercutir el IVA del Estado miembro donde esté situado el comprador.
  2. Para cumplir con las obligaciones fiscales de declaración e ingreso del impuesto en un único Estado miembro, se establece un nuevo sistema opcional de ventanilla única que permite que el empresario pueda ingresar el IVA al que se aplican sus operaciones de venta a consumidores finales por toda la UE, ya que permite que los mismos no tengan que identificarse y darse de alta en cada Estado miembro de consumo.

 

Ley de Ordenación del Comercio Minorista

Es necesario el cumplimiento de Pese a que este tipo de negocios no necesitan un establecimiento comercial, sí le afectan determinados preceptos de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista. Entre otros, se prevén en esta Ley algunas exigencias relativas a:

  • Información sobre las características del producto, los precios y la forma de pago
  • Libertad de precios, con la prohibición de ventas al público con pérdidas cuando estas sean desleales.
  • Garantía y servicio postventa
  • Plazos de entrega y devolución

 

Ley de Servicios de la Sociedad de la Información

La Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico es la que regula las obligaciones que existen para los prestadores de servicios en cualquier contratación por medios electrónicos.

Conforme a esta Ley, se debe suministrar de forma permanente, fácil, directa y gratuita, a la siguiente información del vendedor:

  • Su nombre o denominación social
  • Su domicilio, su dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita establecer con él una comunicación directa y efectiva
  • Los datos de inscripción en el Registro Mercantil en el que se encuentre inscrito
  • El número de identificación fiscal
  • Los códigos de conducta a los que esté adherido

 

Normativa para la defensa de los Consumidores y Usuarios

Además, tanto la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, como la Ley como la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios prevén ciertas obligaciones de información sobre los productos o servicios ofertados, entre las que se encuentran los conocidos como “Términos y condiciones”.

 

Protección de datos

En toda tienda online se recogen y almacenan datos personales, por lo que debemos cumplir con la normativa aplicable en materia de protección de datos.

Esta normativa es, por un lado, el Reglamento General de Protección de Datos (REGLAMENTO (UE) 2016/679) y, por otro lado, la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales). Ambos entraron en vigor en el año 2018 y supusieron un cambio importante en esta materia

Es necesario incluir un apéndice la Política de privacidad lugar independiente, visible y fácilmente accesible en la página web, de forma que el cliente pueda dar su consentimiento cada vez que se almacenen sus datos personales. Además, en la Política de privacidad deberán indicarse el nombre y los datos de contacto del responsable del tratamiento de datos o de su representante.

Por otro lado, la LOPDGDD impone algunos límites al envío de publicidad mediante correo electrónico. Entre otras obligaciones, el cliente debe haber autorizado que se le envíen emails con finalidad promocional. Además, estos emails deberán contener, en un lugar visible, un enlace a través del cual los usuarios puedan darse de baja en un lugar visible.

 

Política de cookies

Las cookies son pequeños archivos de información enviados por un sitio web y almacenados en el navegador de cada usuario, de manera que el sitio web puede consultar la actividad previa del navegador. Se encuentran reguladas en el artículo 22 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información.

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