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La nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea eectifica de nuevo a nuestro Tribunal Supremo y abre la puerta a reclamar la nulidad del IRPH. Se estima que hay cerca de un millón de afectados en España, quienes podrían recuperar una media de 16.454 euros cada uno si demuestran la falta de transparencia en sus contratos.

 

¿Qué es el IRPH y dónde se encuentra definido?

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es el segundo tipo de interés más utilizado en España para calcular las cuotas de las hipotecas, después del euríbor.

El IRPH se basa en la media de los tipos de interés aplicados por las entidades financieras en sus préstamos hipotecarios, incluyendo la Tasa Anual Equivalente (TAE) y otros gastos asociados. Se encuentra definido en la normativa del Banco de España, específicamente en la Circular 5/1994, que detalla su cálculo y aplicación.

 

¿Por qué es controvertido el IRPH?

El IRPH ha sido objeto de controversia porque, a lo largo del tiempo, ha resultado ser más caro que el euríbor. Esto ha llevado a muchos consumidores a cuestionar su transparencia y a presentar demandas para solicitar la nulidad de las cláusulas que lo incluyen en sus contratos hipotecarios.

 

¿Cuál era la doctrina que seguía el Tribunal Supremo respecto al IRPH?

Nuestro Tribunal Supremo había sostenido que el IRPH era válido por ser un índice oficial, avalado por el Banco de España y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Según esta doctrina, el mero hecho de tratarse de un índice oficial era suficiente para cumplir con los requisitos de transparencia, sin necesidad de proporcionar información adicional sobre su cálculo o impacto económico.

 

¿Qué ha dicho el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el IRPH?

A diferencia de lo declarado por el TS, el TJUE en su sentencia del 12 de diciembre de 2024, dictaminó que las cláusulas que establecen el IRPH pueden ser declaradas abusivas si no cumplen con los requisitos de transparencia. Esto significa que los bancos deben proporcionar información clara y comprensible sobre cómo se calcula el IRPH y su impacto económico en el préstamo.

 

¿Cuáles son los requisitos de transparencia que deben cumplir las cláusulas del IRPH?

Según el TJUE, las cláusulas deben incluir una referencia al Boletín Oficial del Estado (BOE) donde se publica el índice. Si las cláusulas que incluyen el IRPH, no contienen una explicación detallada de cómo se calcula este índice, deberán contener una especial referencia a la Circular del Banco de España 5/1994, en la que, venía explicado en qué consistía el IRPH. Por último, deberán indicar en especial una advertencia sobre la necesidad de aplicar un diferencial negativo para equipararlo al euríbor, tal y como se menciona en el preámbulo de la Circular 5/1994 del Banco de España.

 

¿Por qué es importante la transparencia en la información y la comparativa con otros índices?

El TJUE precisa que la evaluación de si las cláusulas son abusivas debe hacerse caso a caso y teniendo en cuenta, en particular, si se comercializó con transparencia y la comparación de los tipos de interés resultantes de la cláusula con los que se aplicaban en ese momento en general en el mercado.

En particular, los jueces nacionales deberán evaluar si el método de cálculo genera un desequilibrio significativo en perjuicio del consumidor, y, para ello, deberá realizarse una comparativa con las condiciones y tipos de interés generalmente aplicados en el mercado hipotecario en el momento de la firma.

El TJUE concluye, que no es el índice de referencia IRPH en sí lo que constituye el desequilibrio, sino el tipo de interés efectivo resultante de la cláusula, por tanto, los tribunales nacionales deben tener en cuenta tanto el índice, como el diferencial aplicado sobre él, evaluando si existe un impacto negativo en las condiciones del préstamo.

 

¿Cuál es el plazo para reclamar la nulidad de una cláusula IRPH?

La acción de nulidad de condiciones generales de la contratación, como es el caso de las cláusulas IRPH, es imprescriptible. Esto significa que no existe un plazo límite para presentar una reclamación de nulidad, permitiendo a los consumidores afectados actuar en cualquier momento, incluso aun cuando hayan terminado de pagar su hipoteca, y la misma se encuentre cancelada.

 

¿Qué pueden hacer los consumidores afectados por el IRPH?

En primer lugar, los consumidores que consideren que su hipoteca con IRPH no cumple con los requisitos de transparencia pueden presentar una reclamación extrajudicial en su Entidad Bancaria.

En caso de no recibir respuesta, o en caso de que el banco rechace su reclamación, el siguiente paso es la presentación de una demanda de juicio verbal para solicitar la nulidad de la cláusula ante el Juzgado de Primera Instancia de su domicilio.

 

¿Qué ocurre si se declara nulo el IRPH?

Si se declara nulo el IRPH, el contrato hipotecario se mantiene vigente, pero la cláusula que establece el IRPH como índice de referencia se elimina. El TJUE establece que el juez nacional no puede sustituir directamente dicho índice por el euríbor en caso de declaración de nulidad, pero sí podrá sustituir la cláusula por una disposición supletoria de Derecho nacional. Esto puede llevar a que el préstamo se recalcule utilizando otro índice o a que se devuelvan las cantidades pagadas en exceso debido al uso del IRPH, con los intereses legales computados desde cada uno de los pagos.

 

¿Qué impacto tiene la sentencia del TJUE en los consumidores?

La sentencia del TJUE refuerza la protección de los derechos de los consumidores, permitiéndoles reclamar la nulidad de las cláusulas IRPH si no fueron adecuadamente informados. Se estima que hay cerca de un millón de afectados en España, quienes podrían recuperar una media de 16.454 euros cada uno si demuestran la falta de transparencia en sus contratos.