Muchos clientes desconocen que los bancos pueden vender sus deudas a terceros, como fondos de inversión o empresas de recobro. Esta práctica, conocida como cesión de crédito, genera varias cuestiones a los consumidores: ¿es legal?, ¿puede el nuevo acreedor reclamarme más dinero?
En este artículo analizamos la cesión de crédito desde un enfoque jurídico, y ofrecemos consejos sobre cómo actuar ante este tipo de situaciones.
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¿Qué es la cesión de crédito?
La cesión de crédito es un negocio jurídico recogido de forma genérica en el artículo 1112 del Código Civil, a cuyo tenor «todos los derechos adquiridos en virtud de una obligación son transmisibles con sujeción a las leyes, si no se hubiese pactado lo contrario», y se regula, con mayor concreción, en los artículos 1526 y siguientes del Código Civil.
Se produce cuando el acreedor (en este caso, una entidad bancaria) transmite a un tercero el derecho a cobrar una deuda y, en consecuencia:
- El banco deja de ser tu acreedor.
- Un tercero pasa a ocupar su lugar: ya sea un fondo de inversión, una empresa de recobro u otra entidad
- Tú sigues siendo el deudor, con las mismas condiciones pactadas en el contrato original.
Asimismo, la venta o cesión del crédito comprende todos los derechos accesorios, como la fianza, hipoteca, prenda o privilegio (1528 CC).
¿Se necesita el consentimiento del deudor?
Una de las dudas más frecuentes es si el deudor debe autorizar la cesión de su crédito para que sea válida. La respuesta es negativa: la cesión de créditos no requiere el consentimiento del deudor para su validez. El banco puede transmitir la deuda a un tercero sin necesidad de que el cliente lo apruebe previamente.
Ahora bien, sí existe una matización importante: la notificación al deudor es necesaria para que la cesión sea plenamente oponible frente a él. Esto significa que, si la cesión no le ha sido comunicada, los pagos que realice al acreedor original (el banco) seguirán siendo totalmente válidos y producirán efectos liberatorios.
Otro aspecto clave es que el consentimiento del deudor no supone la renuncia general a sus defensas frente a la reclamación del crédito. El nuevo acreedor (cesionario) hereda la posición del banco y, con ella, también las excepciones que el deudor podía oponerle: por ejemplo, la nulidad de cláusulas abusivas o la prescripción de la deuda.
La única excepción a esta regla general se encuentra en el artículo 1198 del Código Civil, que establece que, cuando el deudor consiente la cesión, queda excluida la posibilidad de alegar la compensación. Esto se debe a que la compensación es una excepción directamente vinculada con el acreedor original y, una vez cedido el crédito, carece de sentido mantenerla frente al nuevo titular.
¿Quién compra las deudas y por qué?
Las entidades financieras suelen vender, en su mayoría, las deudas impagadas y de difícil cobro a fondos de inversión, conocidos como fondos buitre, los cuales:
- Pagan un precio muy inferior al valor nominal.
- Después exigen al deudor el 100% de la deuda más intereses.
- La diferencia entre lo que pagan y lo que cobran es su beneficio.
Opciones que tiene el deudor cuando la deuda ha sido cedida
Aunque la cesión sea válida y el deudor esté obligado al pago, ante este tipo de situaciones, existen distintas alternativas:
I. Ejercer el derecho de retracto
En el artículo 1535 del Código Civil se reconoce al deudor el derecho a extinguir el crédito litigioso reembolsando al cesionario el precio que pagó para comprar la deuda, más costas e intereses.
- El crédito se considera litigioso desde que se contesta a la demanda judicial.
- El plazo para ejercitar el retracto es de 9 días desde la reclamación de pago por el cesionario.
II. Revisar la validez del contrato original
El hecho de que la deuda haya cambiado de manos no elimina los posibles defectos de origen del contrato.
- Intereses abusivos o usurarios.
- Cláusulas abusivas, como vencimiento anticipado desproporcionado o comisiones poco transparentes.
- Falta de transparencia en la información al consumidor.
III. Negociar una quita
Dado que los fondos compran deudas con gran descuento, a menudo aceptan acuerdos para cerrar el asunto de forma rápida:
- Se puede plantear un pago único reducido.
- O un plan de pago pactado por una cantidad inferior al total.
Aunque la negociación no siempre es sencilla, puede representar un importante ahorro para el deudor.
¿Qué debe hacer un deudor ante una cesión de crédito?
- Exigir documentación: solicita al nuevo acreedor la acreditación de que es el titular legítimo de la deuda.
- Revisar la legalidad del contrato.
- Contar con asesoramiento especializado: cada caso depende de plazos, importes y forma de cesión.
En conclusión:
La cesión de créditos es una práctica legal que permite a los bancos vender deudas a terceros sin necesidad del consentimiento del deudor. Sin embargo, esta situación no implica que el cliente pierda sus derechos: las condiciones originales del contrato se mantienen, puede ejercitar el derecho de retracto en determinados casos, revisar la validez del préstamo por posibles cláusulas abusivas o incluso negociar una quita con el nuevo acreedor.
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