Por sorprendente que parezca, el Tribunal Supremo en una reciente sentencia considera que la custodia compartida de los hijos no es una medida excepcional. Te explicamos qué criterios se tienen en cuenta para poder aplicarla.
¿Un cambio de tendencia en la custodia de los hijos?.
El Tribunal considera que la custodia compartida es una medida normal e incluso deseable porque permite que sea efectivo el derecho de los hijos a relacionarse con sus progenitores, aún en situaciones de crisis de pareja.
Pero ojo, ésta custodia debe ser adoptada cuando no sea perjudicial para el menor (es decir en interés y en beneficio del menor), siempre que ello sea posible.
Criterios a tener en cuenta para la custodia compartida.
Los criterios que valora un juez para resolver sobre una custodia compartida son los siguientes:
- La práctica anterior de los progenitores en sus relaciones con el menor
- Aptitudes personales de los progenitores hacia su hijo
- Deseos manifestados por los menores
- Número de hijos
- El cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos y el respeto mutuo en sus relaciones personales
- Resultado de los informes exigidos legalmente
- Cualquier otro que permita a los menores una vida adecuada, aunque en la práctica pueda ser más compleja que la que se lleva a cabo cuando los padres conviven