Sentencia del Tribunal Supremo 1265/2025, de 22 de septiembre: una nueva vía para anular los contratos de préstamo con aval de coche
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Préstamos con el coche como garantía
En los últimos años han proliferado las operaciones en las que particulares obtienen financiación a cambio de dejar su vehículo como garantía. A menudo, bajo el nombre de “venta con pacto de recompra” o “contrato de financiación garantizada con coche”, se esconden auténticos préstamos encubiertos con cláusulas abusivas.
La reciente Sentencia del Tribunal Supremo nº 1265/2025, dictada en septiembre de 2025, marca un antes y un después para quienes firmaron este tipo de contratos. El Alto Tribunal reafirma la prohibición del pacto comisorio y refuerza la protección de los consumidores frente a entidades o particulares que, ante el impago de una cuota, se apropian directamente del vehículo.
Desde Caruncho & Tomé, explicamos las consecuencias de esta resolución y cómo puede abrir la puerta a reclamar la nulidad de estos contratos y la devolución de cantidades.
¿Qué es el pacto comisorio?
El pacto comisorio es un acuerdo por el cual el acreedor se reserva el derecho de quedarse con el bien dado en garantía si el deudor no paga.
Por ejemplo: “Si no me devuelves el dinero en el plazo pactado, el coche pasará a ser mío automáticamente.”
Este tipo de pacto está prohibido por el Código Civil, en sus artículos 1859 y 1884, porque rompe el equilibrio entre las partes: el acreedor se queda con el bien sin someterlo a una valoración justa ni acudir a los cauces legales de ejecución (como la subasta pública o la tasación objetiva).
De este modo, el pacto comisorio coloca al consumidor en una posición de vulnerabilidad, impidiéndole defender sus derechos ante un juez.
La ley y la jurisprudencia lo califican como nulo de pleno derecho (nulidad ipso iure), lo que significa que el contrato no produce efectos desde su origen. El consumidor puede reclamar su anulación incluso años después, aunque el préstamo encubierto ya haya sido pagado en su totalidad.
Cómo se disfraza el pacto comisorio: los préstamos encubiertos
Un préstamo encubierto es una operación que, aunque formalmente parezca otra cosa (compraventa, leasing, renting…), en realidad es un préstamo con intereses disfrazado.
El cliente acaba pagando intereses muy elevados y asumiendo obligaciones propias de un crédito.
Ejemplo real:
Un consumidor necesita 4.000 €. Una empresa le propone “venderle” su coche por ese importe, con la promesa de poder “recomprarlo” en seis meses pagando 6.000 €. Si no lo hace, la empresa se queda con el coche.
Aparentemente es una compraventa con opción de recompra, pero en realidad se trata de un préstamo de 4.000 € con intereses abusivos, disfrazado para eludir la prohibición del pacto comisorio.
El resultado: si el cliente no paga, pierde el coche sin valoración ni proceso judicial.
Qué ha dicho el Tribunal Supremo en la Sentencia 1265/2025
La Sentencia del Tribunal Supremo nº 1265/2025 analiza si estos pactos comisorios con consumidores pueden ser nulos por abusividad, al generar un desequilibrio contractual y privar al consumidor de sus derechos de defensa.
El Tribunal Supremo confirma que estos pactos son nulos de pleno derecho cuando:
- La apropiación del bien (por ejemplo, el coche) está directamente vinculada al préstamo.
- No existe un mecanismo objetivo de valoración o venta que garantice que el acreedor no se beneficie indebidamente.
Con ello, el Supremo refuerza la protección del consumidor y abre una vía clara para impugnar este tipo de contratos.
Consecuencias para los consumidores: qué se puede reclamar
Si firmaste un préstamo con aval de coche, esta sentencia puede permitirte:
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Solicitar la nulidad del pacto comisorio o de las cláusulas que permiten la adjudicación automática del coche.
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Reclamar la devolución de los importes abonados en exceso o del valor del vehículo si el prestamista se lo quedó indebidamente.
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Paralizar la ejecución o apropiación del coche, si aún no se ha producido.
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Restablecer tu situación patrimonial, solicitando que el préstamo se declare inexistente o se recalcule el importe realmente debido.
Ejemplo práctico:
Si entregaste tu coche en garantía de un préstamo de 3.000 €, y el prestamista se lo quedó o lo vendió sin valoración alguna, puedes reclamar la nulidad del contrato y exigir la devolución del valor del vehículo o de las cantidades indebidamente cobradas.
Conclusión: una sentencia que refuerza los derechos del consumidor
La Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo 1265/2025 es un hito jurídico que reafirma que el pacto comisorio en contratos con consumidores es nulo cuando vulnera sus derechos.
Además, ofrece respaldo legal para que los tribunales analicen si operaciones aparentemente comerciales encubren préstamos abusivos.
En Caruncho & Tomé podemos revisar tu contrato, evaluar si existe una base legal sólida y ayudarte a reclamar la nulidad y la devolución de las cantidades indebidas.
