Transcurridos algunos meses desde la entrada en vigor de la nueva legislación administrativa (Leyes 39/2015 y 40/2015, en vigor desde el 2 de octubre de 2016) la mayoría hemos reparado especialmente en la obligación de relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas para determinados sujetos y las dificultades prácticas que surgen tanto para las empresas como para los profesionales que las representan.
Sin embargo, el nuevo marco legal administrativo trae algunas otras novedades de calado. En el plano sancionador, por ejemplo, además de contemplar la novedosa figura del arrepentido, un precepto puede dar mucho juego para los administrados.
En este vídeo, nuestro abogado administrativista del despacho Caruncho y Tomé, asesores jurídicos del Colegio de Gestores Administrativos de Galicia, habla sobre las novedades en la prescripción de las sanciones y explica de qué forma una sanción puede ahora llegar a prescribir si la Administración incumple su deber de resolver el recurso administrativo en plazo.