A pesar de que ya tiene unos años de vida, el procedimiento monitorio europeo sigue siendo uno de los procesos más desconocidos. Se trata de un procedimiento sencillo y económico que permite reclamar deudas a nivel europeo desde el Juzgado más cercano de su localidad.
¿Qué deudas puedo reclamar?:
Se pueden reclamar facturas impagadas y vencidas por operaciones civiles y mercantiles entre países de la Unión Europea.
¿Qué documentación debo presentar?:
Es suficiente con la presentación de un formulario en el que, a modo de demanda, se deben hacer constar los datos de ambas partes y los detalles de la deuda, es decir, cuantía vencimiento, adjuntando copia de las facturas impagadas.
Se aconseja acompañar los justificantes de devolución y gastos bancarios, si los hubiera, así como copia del contrato de compraventa, suministro, albarán o presupuesto que acredite la relación comercial.
¿Qué coste tiene el procedimiento?:
Los costes del procedimiento son los mismo que un proceso español, tasa judicial para deudas de más de 2.000 euros si la acreedora es una empresa más los honorarios que se pacten con su abogado.
¿Qué trámites se siguen en el procedimiento?:
Los trámites son muy similares al juicio monitorio español: el Juzgado admite la reclamación y requiere de pago al deudor en su domicilio.
El deudor, una vez requerido, dispone de un plazo de 30 días para pagar o alegar los motivos por los que no está de acuerdo.
Si procede al pago, el procedimiento finalizará con la entrega al acreedor de la cantidad reclamada.
Si, por el contrario, se opone, el procedimiento continuará tramitándose ante el Juzgado de España.
Cabe una tercera posibilidad y es que, transcurra el plazo, y el deudor no diga nada. En este caso, tendremos un título ejecutivo que nos permitirá embargar los bienes del deudor en cualquier país de la Unión Europea donde tenga bienes