Tras años de proceso legislativo, la UE ha publicado finalmente el reglamento UE 2023/1114, conocido como “MiCA” -por sus siglas en inglés Markets in Crypto Assets.
El crecimiento y la volatilidad del fenómeno cripto, y las recientes demandas presentadas por la Comisión de Bolsa y Valores de EEUU, la SEC, contra las mayores plataformas de intercambio de criptodivisas americanas -Coinbase y Binance- han puesto de manifiesto la urgente necesidad de establecer un marco legal armonizado y estable para este tipo de actividades.
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¿Qué regula la MiCA (Markets in Crypto Assets)?
El esperado Reglamento establece una normativa europea para la emisión, oferta al público y negociación de criptoactivos.
A su vez, introduce requisitos para garantizar una mayor transparencia e información en el mercado de criptoactivos, e impone -entre otras cuestiones- una serie de obligaciones a los emisores y proveedores de servicios en diversos aspectos de su operativa -autorización, supervisión, funcionamiento, organización y gobernanza-.
Asimismo, MiCa, crea un régimen de protección de los titulares de criptoactivos y de los clientes de los proveedores de servicios, con medidas para prevenir posibles operaciones con información privilegiada, su divulgación y la manipulación del mercado de criptoactivos.
¿Qué es un criptoactivo?
En términos sencillos, es un activo digital que representa un valor o un derecho, registrado en una especie de libro digital asegurado con criptografía -mediante la tecnología blockchain o similar-, y utilizado como medio de pago, para comprar un producto o servicio, o, en su caso, como una inversión.
¿Qué criptoactivos regula la MiCA?
Como regla general, se regirán por la normativa MiCA todos los criptoactivos no expresamente excluidos en dicho reglamento, estando excluidos los siguientes: los instrumentos financieros, los depósitos tokenizados, los fondos, las posiciones de titulización, los productos de seguro de vida y de pensiones, y los criptoactivos únicos y no fungibles -los populares NFTs-.
En particular, el reglamento diferencia tres grandes categorías de criptoactivos:
- Fichas referenciadas a activos (ART): criptoactivos que pretendan mantener un valor estable referenciado a otro valor o derecho -como por ejemplo a la moneda de un país-.
- Fichas de dinero electrónico: se referencian al valor de una moneda oficial (fiat).
- Criptoactivos distintos de fichas referenciadas a activos o fichas de dinero electrónico: engloba una variedad de criptoactivos, entre ellos las fichas de consumo (dar acceso a un bien o servicio prestado por el propio emisor).
Otras novedades destacadas
Entre las novedades introducidas por el Reglamento he de destacar la obligación de publicar un “libro blanco” para ofertar al público algunos tipos de criptoactivos, que ha de incluir información que variará según la categoría del criptoactivo.
Otro de los puntos a destacar es el reconocimiento del derecho de desistimiento de la adquisición de criptoactivos distintos de fichas referenciadas a activos o fichas de dinero electrónico, ejercitable durante los 14 días posteriores a la compra con una serie de limitaciones.
¿Cuándo comienza a aplicarse la MiCA?
La normativa MiCA entra en vigor, parcialmente, el día 29 de junio del 2023, veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). A partir del 30 de junio del 2024, resultará de aplicación también a las fichas referenciadas a activos (stablecoins) y a las fichas de dinero electrónico (emoney tokens). Finalmente, el 30 de diciembre del 2024, la normativa MiCA será aplicable en toda extensión.
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