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El 28 de diciembre de 2020 finalizará la posibilidad de reclamación de cualquier obligación o impago anterior a octubre de 2015.

Esto es debido a la reducción del plazo para la reclamación en las acciones personales derivadas del incumplimiento de obligaciones, que ha pasado de un plazo de prescripción de 15 años a uno de 5, a contar desde el momento en que se produjo el incumplimiento (por ejemplo, un impago).  

Esta reducción de los plazos es consecuencia de la reforma del artículo 1964 del Código Civil, que entró en vigor el 7 de octubre de 2015, pero que ahora se materializa con toda nitidez.

¿Estoy dentro del plazo para reclamar una deuda?

Para saber si estamos todavía dentro del plazo para reclamar una deuda por impago o una indemnización, tenemos que tener en cuenta lo siguiente:

  1. En caso de que la deuda sea anterior al 7 de octubre de 2015, el plazo de prescripción será de 15 años. Por ello, si, por ejemplo, tenemos una factura reclamable desde el día 1 de enero de 2002, el plazo habrá finalizado el 1 de enero de 2017.
  2. No obstante, si se trata de una factura cuyo plazo de 15 años finalizaría después del día 28 de diciembre de 2020, ésta será la fecha de prescripción de la reclamación, ya que se aplica el plazo que llegue antes: el de 15 años desde la fecha de incumplimiento, o bien el de 5 años desde la entrada en vigor de la modificación del citado artículo.

En resumen, todas las deudas reclamables entre el 7 de octubre de 2005 y el 7 de octubre de 2015 prescribirán el día 28 de diciembre de 2020.

  1. Por otro lado, si la deuda es posterior al 7 de octubre de 2015, el plazo de prescripción será de 5 años, añadiendo al cómputo los 82 días que duró el estado de alarma -ya que se suspendieron los plazos de prescripción durante su duración-. De este modo, si el incumplimiento contractual se produjo, por ejemplo, el día 31 de diciembre de 2016, el plazo para llevar a cabo la reclamación finalizará el día 23 de marzo de 2022.

 

¿En qué supuestos cabe llevar a cabo una reclamación?

A título ejemplificativo, este plazo rige para las reclamaciones que se lleven a cabo, en supuestos como los siguientes:

  • Reclamaciones por incumplimiento de pago o indemnizaciones originadas por el incumplimiento de obligaciones en los contratos de compraventa.
  • Cumplimiento parcial o defectuoso de obligaciones o contratos.
  • Incumplimiento o cumplimiento parcial en el pago de deudas derivadas de contratos de prestación de servicios.
  • Indemnización por daños y perjuicios contra la Comunidad de Propietarios
  • Reclamación en contratos de arrendamiento de inmuebles para la revisión de rentas.

 

¿Qué puedo reclamar?

En estos casos, se podrá exigir, dentro del plazo descrito, el cumplimiento del contrato o bien una indemnización por los daños y perjuicios causados por el incumplimiento.

Además, desde que se lleve a cabo la reclamación judicial o extrajudicial, nacerá el derecho a percibir los intereses moratorios pactados o, en su defecto, el interés legal.

Es preciso tener en cuenta que el cómputo de los intereses moratorios no iniciará hasta que se produzca la reclamación, con independencia de cuándo se haya producido el incumplimiento, por lo que resulta fundamental llevar a cabo un requerimiento extrajudicial lo antes posible.

 

¿Cuándo empieza a computar el plazo de prescripción?

El plazo de prescripción, es decir, el tiempo durante el que cabe interponer la reclamación por incumplimiento contractual, comienza a transcurrir desde el momento en el que se produzca tal incumplimiento. Así, por ejemplo, una deuda podrá ser reclamable desde el momento en el que debió ser pagada conforme a lo que acordaron las partes o, en su defecto, conforme a lo que disponga la ley.

En el caso específico de las deudas originadas por facturas, salvo que se haya pactado otra cosa, la ley considera que existe incumplimiento cuando ésta no se ha pagado en los 30 días naturales siguientes a la recepción de la prestación del servicio. Por tanto, esa será la fecha desde el que debe contar los 5 años o, en su caso, los 15 años de plazo de prescripción.