Una omisión en la carta de despido puede hacer que un juzgado declare el despido como improcedente y condene a la empresa a pagar la indemnización máxima al trabajador.
Despido objetivo por causas económicas.
Nos estamos refiriendo a aquellos despidos objetivos por causas económicas que practican las empresas que se encuentran en situaciones de dificultad económica.
Estas situaciones, como sabemos, permiten a la empresa comunicar un despido que da lugar a una indemnización a favor del trabajador de 20 días de indemnización por año de trabajo.
Subtítulo: Requisitos del despido objetivo.
Los más importantes son dos:
a)Poner a disposición del trabajador (en ese mismo momento) la indemnización que resulte. Es decir, la carta debe ir acompañada del medio de pago.
b)Que la carta acredite suficientemente esa situación económica negativa (existencia de pérdidas actuales o previstas) o disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas.
Es decir no vale una referencia sin más a la concurrencia de esta circunstancia sino que es preciso acreditarla suficientemente.
En caso contrario, como ya nos hemos encontrado en más de una ocasión, se puede convertir en un despido improcedente dando lugar a la indemnización máxima a favor del trabajador.
No vale cualquier carta de despido.
Constantemente vemos como muchas empresas redactan las cartas de despido (mejor dicho se las redactan) sin el suficiente rigor y sin prestar a esta cuestión la importancia que merece.
Cualquier fallo aquí se paga muy caro. Si se encuentra en esa situación, no asuma riesgos y consulte a un abogado especialista.