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No admita ni realice pagos en efectivo por más de 2.500 euros

Una reciente Ley prohíbe pagos en efectivo entre empresas y profesionales por importe superior a 2.500 euros. Mucha atención porque su incumplimiento conlleva sanciones económicas importantes y la Agencia Tributaria está fomentando el “chivatazo” al permitir y premiar denunciar a través de su página web.

 

Cómo hemos cambiado…
No quedan tan lejanos aquellos tiempos en que la forma de pago en las operaciones y transacciones comerciales era totalmente libre. Todos recordamos la coletilla habitual en escrituras notariales que decía algo así como “…cuyo precio se declara recibido…”.

Con esta nueva normativa, se pretende limitar la circulación de dinero negro, con un mayor control del origen de los fondos. La norma, como es de lógica, es más permisiva con los turistas elevando el límite de los 2.500 euros a los 15.000 euros cuando el pagador sea un particular no residente en España.

 

¿Y si me pillan?

El incumplimiento de estas limitaciones supone una infracción administrativa grave que afecta tanto al que paga como al que recibe, respondiendo ambos de forma solidaria. La sanción consiste en una multa del 25% de la cuantía pagada en efectivo.