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igualdadSer mujer  trabajadora en una empresa con mayoría  de hombres puede otorgar beneficios a efectos de no ser despedido como consecuencia  de un ERE, o al menos es lo que ha puesto de manifiesto una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco pionera en este tipo de argumentaciones.

Y es que según lo dispuesto por la Sala,  a la hora de fijar la prioridad de permanencia en la empresa cuando se esté tramitando un ERE que lleve aparejado despidos, se puede tener en cuenta la toma en consideración del género entre los criterios de selección.  Esta medida supone, que los hasta ahora  asumidos criterios  de antigüedad y calificación de puesto, pueden  ser  relegados a un segundo plano,  por  la condición de ser mujer.

La  empresa Bridgestone ,en este caso,   tomo la decisión  de no despedir  a unas cuantas  trabajadoras de la empresa   con el objetivo de  mantener el porcentaje de empleo femenino, y parece ser que tal criterio ha obtenido el beneplácito de los tribunales, los cuales , eso sí,  matizan la aseveración,  indicando,  que la toma en consideración del género entre los criterios de selección, no otorga una prioridad automática a las mujeres, ni concede a la empresa una patente de corso para postergar al varón que conforme a las pautas generales ostenta un derecho preferente a seguir en activo,  dice que su prioridad  solo quedará justificada si se demuestra que las concretas operarias que han sido exceptuadas,  garantizan efectivamente  el porcentaje de empleo femenino en la empresa.

Ante este criterio que  parece que  ofrece un punto de apoyo más a la igualdad de oportunidades cabria plantearse si podría ser aplicable a la inversa (empresa mayoritariamente con personal femenino) y  en  los casos de contratación de jóvenes trabajadores.