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El pasado 8 de febrero 2019 en la sede de la CEOE, en el marco de la jornada divulgativa organizada por Hispajuris Abogados, el magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Vicente Magro Servet ha hecho un llamamiento al sector asegurador para que exija al empresario que acredite que tiene compliance penal, a la hora de suscribir pólizas de RC profesional y de administradores y directivos, “pero no aumentando la prima, sino no suscribiendo la póliza a empresas que no lo tengan”.

Desde el punto de vista económico, dijo, “no compensa suscribir más pólizas sin exigir al asegurado disponer de compliance penal, que afrontar indemnizaciones millonarias en dos o tres casos”.

“¿Puede la empresa, como tomador del seguro de D&O reclamar a la compañía de seguros la responsabilidad civil por delito cometido por un directivo?”, planteó en su intervención.

Sostuvo que no es admisible legalmente, al no ser “terceros” afectados. Pero sí podrían los socios, advirtió, como terceros, reclamando la indemnización a la compañía de seguros mediante el ejercicio de la acción de responsabilidad social.

Recordó, asimismo, que la no tipificación proyectada del delito de omisión del deber de no tener el programa de cumplimiento de prevención penal, respondió al temor del legislador de que las empresas no cumplieran los deberes.

Y sostuvo que la exigencia del programa por las aseguradoras, sustituiría esta omisión del legislador a la hora de forzar a las empresas a implantar aquél.

Conferencia Corporate Compliance Hispajuris

Prevenir delitos con la empresa como víctima

“El compliance penal es una necesidad y no un gasto, y es más eficaz para prevenir delitos ad intra, en los que la empresa es la víctima de los delitos, que para delitos con terceros afectados”, enfatizó el ponente.

Y calificó de “aterrador” que el 22 % de empresas de más de 5.000 empleados no tengan compliance penal.

Hacia un Registro de expertos en compliance penal

Vicente Magro defendió la necesidad de que se desarrolle la figura del abogado experto en compliance penal, pero no sólo a través del compliance officer, sino a efectos de que estén cualificados para elaborar un informe pericial en defensa de la empresa.

En esta línea, abogó por la creación del Registro de Expertos en Compliance, al modo del de los mediadores, y que pudieran ser acogidos por los Colegios de Abogados como Institutos de Compliance, para acreditar la formación en la materia. Ese Registro permitiría, sostuvo, disponer de peritos judiciales y de peritos de parte.