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La persona con vecindad gallega puede entregar en vida a su descendientes bienes mediante los pactos sucesorios de mejora o de apartación, regulados en la Ley 2/2006, de derecho civil de Galicia.

¿Cómo tributan éstos pactos sucesorios?:

El Tribunal Superior de Galicia ha establecido en diversas Sentencias -las cuales han sido confirmadas por el Tribunal Supremo, mediante sentencia del día 9 de febrero del 2.016-, que los pactos sucesorios son transmisiones mortis causa, sujetas al Impuesto de Sucesiones y no actos intervivos ( donaciones).

Esto tiene enormes consecuencias fiscales:

  • No tributan en el IRPF: la ganancia o pérdida patrimonial como consecuencia de los pactos sucesorios, al tratarse de una transmisión lucrativa por causa de muerte, se encuentra comprendida en el artículo 33.3b) del IRPF, lo que implica un ahorro.
  • No se acumulan a la herencia: la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones regula supuestos de acumulación de donaciones entre sí y de donaciones a la herencia del donante, pero no supuestos de acumulación de estos pactos sucesorios a la herencia del descendiente. Esto quiere decir que si una misma persona recibe mediante pactos sucesorios y por herencia diversos bienes y derechos del mismo ascendiente, al no contemplarla normativa la posibilidad de acumulación, pagará menos por éste impuesto.
  • Tributan en el Impuesto de Sucesiones: la Comunidad Autónoma Gallega ha establecido en la Ley 13/2015 una reducción a partir del día 1 de Enero del 2.016 por descendientes por importe de 400.000,00€. Esta medida pretende eliminar, en la mayoría de los casos la tributación de herencias de padres a hijos. Además ésta reducción permitirá, en el supuesto de patrimonios importantes, entregar bienes en vida a los descendientes, como forma anticipada de la herencia a percibir, beneficiándose éstos de esta reducción.

En base a lo anteriormente expuesto, se puede afirmar que éste es un buen momento para planificar fiscalmente una herencia, ya que dependiendo de quién gobierne en los próximos tiempos posiblemente se hará una legislación básica a nivel nacional estableciéndose un impuesto de sucesiones mínimo para las Comunidades Autónomas.