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Introducción

 Con  la  entrada  en  vigor   del   Real   Decreto-Ley   3/2012   de   la   «Reforma Laboral»,  se  regula  por  primera  vez   en   España   el   trabajo   a   distancia, conocido como teletrabajo. Con esta denominación «trabajo a distancia» se rubrica el nuevo artículo 13 del ET  dejándose  atrás  el  conocido  «trabajo  a  domicilio»  y  se abre la vía a la regulación en detalle del teletrabajo, como forma de organizar y/o realizar un trabajo que utiliza las tecnologías de la información para desarrollar de manera regular, la prestación de servicios fuera de las instalaciones de la empresa.

A) Definición Jurídica y características principales

La nueva redacción del estatuto define que serán trabajadores a distancia, todos aquellos que presten una actividad laboral predominantemente en su domicilio, o en el lugar determinado por estos, como alternativa al desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa.

Esta  modalidad  contractual  en  todo  caso,  deberá  formalizarse   entre  las partes  por escrito.

Los derechos que tienen estos trabajadores serán los mismos que los que tienen los trabajadores presenciales, a excepción según cada caso, de aquellos derechos específicos que se generen por prestar los servicios en el centro de trabajo de la empresa.

El trabajador tendrá derecho a percibir como  mínimo  la  retribución  que  le corresponde por  su  categoría,  según  el  Convenio  Colectivo  o  legislación laboral que le afecte.

La empresa deberá asegurar el acceso a la formación y movilidad funcional del trabajador  a distancia,  informando  de  los puestos  vacantes  en el centro de  trabajo  a los que pueda acceder para ejercer su labor de forma presencial.

B) Principales Ventajas

Para el trabajador:

  • Ayuda a mejorar en gran medida la conciliación entre la vida laboral y familiar.
  • Mayor autonomía por parte del empleado, lo que potencia el desarrollo profesional para personas con carácter independiente y con gusto de asumir
  • Aumenta la movilidad y flexibilidad del trabajador
  • Se desarrolla el sentido de la responsabilidad y la confianza
  • Reduce el estrés laboral
  • Elección personal del entorno
  • Favorece el acceso formación, potenciando la formación online

Para la empresa:

  • Reduce los costes en infraestructuras, teniendo en cuenta ahorros de espacio, alquiler
  • Menor coste por puesto de trabajo, produciéndose ahorros en electricidad, equipamiento de la oficina, etc.
  • Alternativa para aumentar la  productividad  al  implantar  trabajo  por objetivos o por
  • Es una buena medida para eliminar el control horario y combatir el absentismo laboral.
  • Facilita la expansión geográfica.
  • Aumento de la flexibilidad interna y externa, permitiendo captar talento y facilita retenerlo.
  • Es una forma óptima y muy rentable de promocionar y favorecer la conciliación laboral y

C) Principales Inconvenientes

Para el trabajador:

  • Genera aislamiento para el trabajador, pudiendo desarrollar exceso de individualismo.
  • Puede producir inseguridad laboral en los trabajadores, puesto que tiene poca incidencia y uso en España, siendo muy desconocido, además de poder producir temor en el trabajador a la no promoción por el aislamiento
  • Alto riesgo de intromisión de las responsabilidades familiares en el trabajo
  • Los problemas de carácter psicológico, ya que hay que tener en cuenta las particulares condiciones de aislamiento que el teletrabajo puede suponer y la capacidad de autoorganización del teletrabajador implicado.
  • Requiere requisitos importantes como disciplina, buena capacidad autoorganizativa que en su ausencia provocan desventajas

Para la empresa:

  • Dificultad para motivar a los trabajadores y hacerles partícipes de los objetivos de la empresa.
  • Se pueden difuminar las jerarquías, aunque no debe tomarse como un  inconveniente en sentido estricto, dado que en este caso puede mejorar la toma de decisiones.
  • En ocasiones las compensaciones pueden exceder  los  ahorros  que  se desprenden del teletrabajo
  • Pueden nacer conflictos de lealtad, por ejemplo en los casos en los que el trabajador pueda llevarse la cartera de clientes a la competencia.
  • En ciertos casos, el coste de control y formación continua del teletrabajador, puede llegar a ser mayor que la productividad del mismo
  • Se diluye el desarrollo de la cultura de empresa por la falta de contactos personales, que además incide de forma negativa en la capacidad operativa del grupo de trabajo.

D) Obligaciones en seguridad social y prevención de riesgos laborales

Debe entenderse que generalmente, este tipo de trabajador sea de carácter provincial, puesto que en el caso de prestar los servicios en una provincia distinta a la  de  su centro de trabajo, se deberá abrir un nuevo código de cuenta de cotización al que deberá estar adscrito el trabajador. En los casos en los que el teletrabajo se vaya a prestar en la misma provincia donde se encuentra su centro de trabajo y para la misma actividad, no será necesario pedir un nuevo código de cuenta de cotización.

Aunque no existe una normativa expresa que regule la obligaciones  para  la empresa en el trabajo a domicilio, se recomienda en cualquier  supuesto cumplimentar un libro  de visitas de la inspección de trabajo para el domicilio donde se van a prestar los servicios por parte del trabajador a distancia.

Además, es importante añadir que el empresario es responsable en materia de seguridad y salud en el puesto de trabajo, por lo  tanto  el  trabajador a distancia debe de recibir la información y formación legalmente reconocida que le corresponda, así como incluirle en los planes de prevención y recibir las medidas de prevención de la empresa, además del deber por parte del empresario de la vigilancia de la salud.

Ver documento original: Reforma Laboral 2012 – Contrato de Trabajo a Distancia