Los hombres que, tengan reconocida una prestación de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y sean padres de dos o más hijos, podrán reclamar un incremento de su pensión entre un 5% y un 15%, según han determinado en las sentencias de Tribunales Superiores de Justicia de 2020.
Este reconocimiento se inició a raíz de la Sentencia de 12 de septiembre de 2019, dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declara que la norma española que regula el complemento por maternidad es discriminatoria por razón de sexo, los pensionistas que tengan reconocida una prestación de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y sean padres de dos o más hijos, tendrán acceso a que se les reconozca el derecho a percibir dicho complemento.
Noticia: El TSXG confirma el derecho de los hombres a cobrar el plus de maternidad en la jubilación
La nueva normativa sobre pensiones del Real Decreto 03/2021 del 4 de febrero de 2021 no afecta a los derechos para reclamar el complemento de maternidad para hombres.
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¿Qué es el complemento de Maternidad?
El complemento de maternidad consiste en una mejora económica de las pensiones que iba dirigido a todas las mujeres que hayan tenido al menos dos hijos (biológicos o por adopción) y que ahora se hace extensivo también a los hombres.
¿Cuáles son los requisitos para acogerse al complemento de Maternidad?
- Ser pensionistas desde el 1 de enero de 2016
- La pensión habrá de ser de viudedad, jubilación o incapacidad permanente (en cualquiera de sus grados: total, absoluta o gran invalidez).
- Acreditar haber tenido dos o más hijos.
¿Qué supone el complemento en términos económicos?
Este complemento viene regulado en el artículo 60.1 de la Ley General de la Seguridad Social y supone un aumento de la pensión por tramos, en función del número de hijos:
- Si ha tenido dos hijos, un incremento del 5% en la cuantía de la pensión.
- Si ha tenido tres hijos, un incremento del 10% en la cuantía de la pensión.
- Si ha tenido cuatro o más hijos, un incremento del 15% en la cuantía de la pensión.
¿Desde cuando afecta el incremento a las pensiones?
La mejora sólo afecta a las pensiones reconocidas después del 1 de enero de 2016, según lo establecido en la Disposición Final Única del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Es importante saber que NO podrán reclamar el complemento quienes tengan reconocida jubilacion anticipada voluntaria (NO se considera voluntario, entre otros, los casos de despido objetivo, despido colectivo (ERES)).
¿Quién puede reclamar el complemento de maternidad?
Los hombres que hayan tenido 2 o más hijos y se hayan jubilado y es válido para los que estén cobrando pensión de jubilación, de viudedad o incapacidad permanente.
La reclamación no es posible en los casos de jubilación anticipada.
No hay un plazo determinado para reclamar pero cuanto antes se presente antes se beneficiara de los incrementos en su pensión y poder cobrar los atrasos.
¿Pueden los funcionarios públicos reclamar el complemento de maternidad?
Actualizado Diciembre 2021
Respuesta corta, ahora SI. En cuanto a los funcionarios públicos sujetos a clases pasivas, en un primer momento se les excluyó del complemento por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, si bien este Tribunal con posterioridad cambió de criterio y finalmente el Tribunal Supremo ha accedido a su reconocimiento. (Más información acerca de las clases pasivas)
Por lo tanto, en principio parece que el primer obstáculo para el reconocimiento del complemento a los funcionarios de clases pasivas ha desaparecido, por lo que ahora la necesidad de acudir al juzgado dependerá de la situación personal de cada uno y de cómo la Administración ejecutará la sentencia del Tribunal Supremo.
Si quieres que te informemos de las opciones que dispones en función de tu situación ponte en contacto con nosotros.
¿Y qué ocurre con los funcionarios que no están en régimen de clases pasivas?
Los funcionarios que no están sujetos al régimen de clases pasivas siguen la vía laboral que se comenta en el resto del artículo.
¿Cómo y dónde se puede reclamar?
El procedimiento se inicia a través de una solicitud, en vía administrativa, de revisión de la pensión que tiene reconocida y, como viene siendo la práctica habitual, el Instituto Nacional de la Seguridad Social desestimará la revisión por entender que no es de aplicación el complemento por maternidad a los pensionistas varones.
Frente a esta desestimación, procede interponer una reclamación previa, que volverá a ser denegada por el INSS, obligando al interesado a acudir a la vía judicial, en la que con toda probabilidad, sí puede tener una acogida favorable la revisión y, por tanto, el incremento de la pensión con el porcentaje que resulte de aplicación en función del número de hijos del afectado.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el complemento de maternidad?
La LGSS (Ley General de la Seguridad Social) establece un plazo de 5 años para reclamar el reconocimiento de prestaciones de la Seguridad Social. Se exceptúa de ello el reconocimiento de la jubilación, viudedad y orfandad, que no prescribe.
El plazo de prescripción se cuenta desde el día siguiente a aquel en que tiene lugar el hecho causante de la prestación. En este caso, debemos entender que el hecho causante es la sentencia del TJUE (12/09/2019), dado que hasta ese momento los varones no tenían derecho a su percepción.
Sin embargo desde el despacho de abogados recomendamos que se haga lo antes posible, ya que esto facilitara la gestión de los tramites por la familiaridad de los juzgados con esta temática.
Llámanos 800 007 707 (teléfono gratuito) o si lo prefieres te llamamos nosotros:
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Soy pensionista de la seguridad social con anterioridad a enero del 2016, tengo dos hijos de 32 y 30 años. Soy divorciado y quisiera saber, si tendría derecho al complemento por paternidad en mi pensión. Gracias. Javier.
Estimado Javier:
Lamentamos informarle que si la pensión es anterior al 1 de enero de 2016 no tiene derecho a percibir el complemento de maternidad (paternidad) en su pensión.
Puede encontrar la solución a todas sus dudas en el artículo y videos publicados en nuestra web.
Muchas gracias.
Hola tengo una pension por acidente de trabajo y otra de jubilacion,el cinco por ciento que seria en total o a una pension,gracias
Estimado Isidro.
Siento comunicarle, que para poder resolver su consulta necesitamos más información. Habría que conocer las resoluciones de cada una de las prestaciones que cita.
Si está interesado puede concertar una cita con nuestros asesores y estudiaremos dichas resoluciones para así poder contestarte.
Un saludo.
hola soy jubilado desde el 2018 tengo dos hijas mi mujer se jubila en el 2025,tenemos derecho a cobrar el suplemento del 5 por ciento los dos cuando se pensione mi mujer?
Hola Isidro,
Sí, el complemento se aplicaría sobre la pensión de cada uno.
Un saludo.
Buenos días, soy pensionista de S.S. desde 24 abril de 2017, donde me ví obligado a jubilarme anticipadamente con 61 años, mi jubilación fué involuntaria. Tengo dos hijos y quería saber si me correspondería el complemento por paternidad. Muchas gracias y un saludo.
Estimado Jose Carlos:
Actualmente, es una cuestión que no ha sido resuelta por los Juzgados de lo Social.
En todo caso, nuestra opinión es que esta solicitud debería de tener favorable acogida, siempre que tenga causa en un Expediente de Regulación de Empleo.
Para poder emitir una opinión mejor fundada en derecho, puede solicitar una cita y necesitaríamos que nos remitiese la documentación relativa al cese laboral y a la solicitud de la prestación,.
Muchas gracias.
Un saludo.
Francisco llevo jubilado dede el 2002 tengo do hijos una invalidez del 30por ciento ¿Puedo solictar este complemento a la pensión? Muchas gracias
Hola Franciso,
No, dado que el complemento se reconoce a pensiones reconocidas a partir del 01/01/2016.
Un saludo
¿Que posibilidades hay de que quiten este complemento teniendo en cuenta que es imposible que, en la situación actual, es imposible que la seguridad social lo pague a los hombre?
Estimado Jose:
El Gobierno, a través del Ministro correspondiente, ya ha anunciado que va a haber un cambio normativo para modificar esta situación que ha sido impuesta por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Van a modificar las normas actuales para excluir de facto a los hombres, pero sin que pueda resultar de su propia redacción la existencia de discriminación por razón del sexo. Simplemente quieren compensar a las mujeres trabajadoras lo que pierden por el hecho de la maternidad. Hecho totalmente real y demostrado. Esto no es una interpretación de este despacho, se ha manifestado en estos términos el Gobierno.
Ahora lo que no pueden hacer es quitársela a los que ya se ha han reconocido o están en trámites para su reconocimiento.
Un saludo.
Buenas noche, tengo 62 años y soy funcionario, a finales del 2018 diciembre, me jubile voluntariamente, ¿tengo derecho a solicitar dicho complemento?, tengo dos hijos.
Estimado Juan:
Lamentamos informarle que desgraciadamente, en su caso no podrá solicitar el complemento al tratarse de una jubilación anticipada voluntaria, situación exceptuada de la aplicación de lo contenido en el art. 60 LGSS.
Para cualquier otra cuestión, no dude en ponerse en contacto con este Despacho.
Un saludo.
Cuando me jubile el 11 de marzo del 2016, tenía un hijo de dos años, esto debería haber influido en la cuantía de mi jubilación?, además tengo otro hijo con 43 años, de mi primer matrimonio.
Hola Jose,
Al tener dos hijos en el momento del hecho causante (acceso a la jubilación, siempre que no sea una jubilación anticipada voluntaria), Usted tiene derecho a que se le aplique el complemento del 5% por maternidad. Si quiere puede contactar con nuestro equipo y le ayudamos a reclamarlo.
Un saludo.
Alvaro me jubile voluntario con 64 y cuatro meses 45 de servicio tengo dos hijas mi compañera tiene 65 pero no cotizo a la SS podriamos solicitar este complemento
Estimado Álvaro:
Lamentamos comunicarle que si, como indica, se trata de una jubilación anticipada voluntaria, no tendría derecho a la aplicación del complemento por maternidad.
Un saludo
Tengo reconocida una pensión por incapacidad permanente total desde 11.02.2016 y tengo dos niños y uno tiene una discapacidad y tengo reconocida familia numerosa
Estimado Miguel:
Conforme con lo que nos consulta y la información que nos facilita, puede solicitar la aplicación del complemento, dado que reúne los requisitos exigidos por la norma en vigor. Si quiere puede contactar con nuestro equipo y le ayudamos a reclamarlo.
Un saludo.
Hola. Mi padre tiene 68 años, se jubilo hace tres( 30 de septiembre de 2017) y tiene tres hijos. Que debe hacer para solicitar el aumento? Me gustaría saber paso a paso todo los pasos.
Hola Joseba,
Para reclamar el derecho que tienen los hombres que reciben una prestación de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y sean padres de dos o más hijos, para incrementar su pensión entre un 5% y un 15%, según han determinado las sentencias de Tribunales Superiores de Justicia de España hay que seguir básicamente los siguientes pasos:
-Solicitud de revisión de pensión del INSS, que vendrá denegada.
-Reclamación previa frente al INSS, que nuevamente vendrá denegada.
-Demanda ante el Juzgado de lo Social que corresponda.
Los requisitos esenciales son:
-Adquirir la condición de pensionista a partir del 1/1/2016.
-En el caso de jubilación que esta sea ordinaria o anticipada pero no voluntaria.
Este reconocimiento se inició a raíz de una Sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declara que la norma española que regula el complemento por maternidad es discriminatoria por razón de sexo, los pensionistas que tengan reconocida una prestación de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y sean padres de dos o más hijos, tendrán acceso a que se les reconozca el derecho a percibir dicho complemento.
Si necesita ayuda con la gestión de la reclamación del complemento puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Mi marido se jubiló anticipadamente con 61 años de edad en marzo del 2016 ya que estaba desempleado cobrando la ayuda para mayores de de 55 años. Tendría derecho al complemento por paternidad?
Hola Rosario,
Sí tendría derecho al complemento siempre que la jubilación anticipada sea no voluntaria (por ejemplo que proceda de un ERE).
Si necesita ayuda con la gestión de la reclamación del complemento puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
buenas cobraba dos pensiones de incapacidad ipt una 1988 y otra 1004 pero al solicitar la soluto me las quito la ss pero gane por sentencia por lo que cobro desde 2018 la absoluta soy divorciado tengo derecho al complemento tengo 4 hijos
Hola Jose,
Parece viable pero habría que estudiar su caso individualmente.
Si quiere que revisemos su caso a fondo pueder contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Me jubile en agosto de 2016 por clases pasivas con pensión maxima. Tengo 2 hijos que me dan derecho a reclamar este complemento. Vivo en Barcelona. Como puedo solicitarlo? En caso de tener que recurrir a un bufete de abogados donde puedo acudir? Y si aún es tiempo de recurrir o ya es tarde si van a cambiar la ley?
Hola José,
Para reclamar el derecho que tienen los hombres que reciben una prestación de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y sean padres de dos o más hijos, para incrementar su pensión entre un 5% y un 15%, según han determinado las sentencias de Tribunales Superiores de Justicia de España hay que seguir básicamente los siguientes pasos:
-Solicitud de revisión de pensión del INSS, que vendrá denegada.
-Reclamación previa frente al INSS, que nuevamente vendrá denegada.
-Demanda ante el Juzgado de lo Social que corresponda.
Los requisitos esenciales son:
-Adquirir la condición de pensionista a partir del 1/1/2016.
-En el caso de jubilación que esta sea ordinaria o anticipada pero no voluntaria.
Este reconocimiento se inició a raíz de una Sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declara que la norma española que regula el complemento por maternidad es discriminatoria por razón de sexo, los pensionistas que tengan reconocida una prestación de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y sean padres de dos o más hijos, tendrán acceso a que se les reconozca el derecho a percibir dicho complemento.
Si necesita ayuda con la gestión de la reclamación del complemento puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Me jubilé como funcionario el 1 de octubre de 2019 con 68 años , desde 1994 tengo reconocida una IPT, tengo dos hijos, quisiera saber si me corresponde el incremento por maternidad.
Hola José,
Todavía no hay ningún pronunciamiento específico para un caso análogo al suyo. Desde nuestro punto de vista sí tendría derecho ya que el artículo 60 de la LGSS sería de aplicación a cualquier régimen.
Un saludo
Soy pensionista por jubilación no voluntaria desde el 9 de Agosto de 2017, despido improcedente en 2012, tengo dos hijos mayores de edad y quisiera saber si tengo derecho a la prestación por paternidad, mi esposa no cobra pensión.
Hola Carlos,
Parece viable su solicitud de complemento de pensión.
Si necesita ayuda con la gestión de la reclamación del complemento puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente:
En junio de este año me Jubilé anticipadamente con 63 años, y anteriormente estuve cobrando prestación de desempleo por cese de actividad durante 13 meses, (era autónomo societario y la empresa se disolvió por por perdidas continuadas).
Con esta situación ¿Tendría derecho al complemento de paternidad por tener dos hijos?
Muchas gracias y un saludo
Hola José Luis,
Si la jubilación anticipada es voluntaria no tendría derecho a solicitar complemento de pensión.
Un saludo
Soy jubilado , y tengo los requisitos para reclamar el derecho de paternidad , rogaría me pudieran asesorarme para hacer dicha reclamacion
Hola Manuel,
Puede contactar con nosotros a traves del formulario de esta misma página o si lo prefiere desde la página de contacto de nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Tengo una absoluta desde 2012
Tengo 66 años 36 cotizados
Me quiero jubilar este mes no
Por la ordinaria si por incapacidad absoluta
Aunque la ley es desde año 2016
? Procede aplicarme el citado complemento ?
Cierto es que tengo la incapacidad reconocida de 2012
Pero también lo es que me voy a jubilidad después del 2016
Por disponer de la absoluta está exenta del IRPF
Si tuviera derecho a el complemento p? Tributaria solo por el complemento y no por la absoluta es así o no ?
Muchas gracias y disculpen por haberme extendido
Hola Juan Manuel,
Parece viable presentar su solicitud de complemento de pensión, ya que el hecho causante lo generará el pase a situación de pensionista por jubilación.
Si quiere que revisemos su caso en detalle puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Soy jubilado desde el 31 de julio del 2019 a la edad de 65, tengo Dos hijas, tengo derecho al complemento de paternidad. Gracias
Hola Juan,
Parece viable presentar su solicitud de complemento de pensión. Si quiere que revisemos su caso en detalle puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Buenas, estoy jubilado desde Marzo 2019, con 61 año Tengo 2hijos, pues fui baja laboral por despido improcedente, estuve un año cobrando el paro y cuando cumplí la edad me jubile , tendría derecho a la ayuda de maternidad
Hola Gregorio,
Parece viable presentar su solicitud de complemento de pensión siempre que se trate de una jubilación que no sea anticipada voluntaria.
Si necesita ayuda con la gestión de la reclamación del complemento puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Buenos días ,me he jubilado hace Dos años a los 64 años y cuatro meses …o sea en el año 2018 con casi 40 años cotizados reconocidos oficialmente….y tuve o mejor dicho tenido 2 hijos
…..Tengo derecho a dicha prestación….???
Estimado Orlando:
Con relación a la pregunta que hace, tendrá derecho al incremento de la pensión si no se ha jubilado anticipadamente de forma voluntaria.
Para cualquier aclaración, no dude en ponerse en contacto con este despacho.
Un saludo.
Buenos dias !
Dejé de trabajar por un ERE que hizo mi empresa ( era un Banco ). Tras consumir 2 años de paro y otro año y medio cobrando el subsidio para mayores de 55 años, me jubilé anticipadamente con 61 años después de 47 años cotizados.
He tenido 3 hijos de dos matrimonios.
En mi caso ¿ cabría la posibilidad de que me reconociera la S.S. ésta ayuda por paternidad ?
Estimado Carlos:
En principio, parece viable la solicitud de aplicación del complemento por maternidad. En todo caso, remítanos la documentación de la que disponga para poder emitir una opinión más ajustada.
Muchas gracias.
Un saludo.
Soy pensionista por jubilación anticipada por ERE (NO VOLUNTARIA) desde que cumplí los 61 años (10/11/2019) y tengo dos hijos (DE 24 Y 29 AÑOS). Me gustaría saber si tengo derecho al complemento por maternidad y si ustedes estarían dispuestos a reclamarla en mi nombre. Muchas gracias y un saludo.
Hola Alejandro,
Efectivamente. Tratándose de una jubilación anticipada no voluntaria, tiene derecho a que se le reconozca el complemento por maternidad.
Para poder reclarmar en su nombre solo tiene que contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Estoy jubilado desde el 2017 al cumplir los 65 años y tengo dos hijos. Podría tener derecho al complemento del 5% si la pensión que percibo es la máxima que reconoce la SS?
Saludos
Estimado Francisco:
Con los datos de su consulta le podemos informar que tiene derecho al incremento de la pensión, que al ser la máxima equivale al 50% de lo que le correspondería.
Para cualquier aclaración, no dude en ponerse en contacto.
Un saludo
mi caso es que mi jubilacion fue por contrato relevo , tendria derecho al complemento po paternidad, tengo dos hijos y me jubile en marzo de 2016
Hola Gonzalo,
Sí, en principio también tendría derecho, si bien todavía no hay ningún pronunciamiento judicial en situación análoga a la suya, pero sí sería viable a nuestro entender.
Un saludo.
Buenas tardes Soy funcionario me jubilaron en 2017 por incapacidad total pará el ejercicio de mis funciones., tuve dos hijos uno con minusvalía por insuficiencia renal, fallecido haca un año, puedo reclamar el plus por paternidad y como hacerlo. Muchas gracias
Hola José Antonio,
Sí, tendría derecho a que le aplicasen el complemento por maternidad. Sólo en caso de jubilación anticipada voluntaria dejaría de tener acceso al mismo.
Para cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Un saludo.
He pertenecido al Ministerio de Defensa y tengo reconocida la pensión por incapacidad permanente absoluta desde noviembre de 2016, tengo dos hijos de 35 y 32 años.
¿Tengo derecho al complemento de paternidad?
Hola Juan,
Si, tiene derecho. Si necesita ayuda con la gestión de la reclamación del complemento puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Soy jubilado desde diciembre del 2018 cuando tenía 61 años y medio. Accedi a ella habiendo dejado de trabajar en 2013 por un ERE con lo q me permitieron jubilarme antes de los 66 años y pico q me correspondían.
Tengo dos hijos. Me corresponde la compensación por maternidad? Gracias. Manuel
Hola Manuel,
Parece viable pero necesitamos estudiar la documentación para emitir una opinión más ajustada. Si quire que revisemos su caso puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
hola buenas tardes me jubile el 23/3/2017, jubile con ,63 años venia de un expediente de regulación de empleo del banca, tengo 2 hijos nacidos en el Año 1980 y 1984, puedo solicitar el incremento ya qué no llego a la pensión maxima por la deducion 12%
Hola Felix,
Sí, tiene derecho al tratarse de una jubilación anticipada no voluntaria. Si necesita ayuda con la gestión de la reclamación del complemento puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Buenas noches mi pregunta es si para cobrar el complemento con una jubilacion parcial, ya que a los 65años si seriajubilacion normal.
Igualmente le preguntaría por una desvinculación de una empresa, en este caso cobraría unas mensualidades de la empresa.
Gracias, un saludo
Hola Manuel,
Revisada la misma le informamos que tendrá derecho al complemento en cuanto acceda a la jubilación plena, ya que es incompatible con la jubilación parcial.
Un saludo
Soy jubilado desde septiembre del 2018 con 65 años y 9 meses padre de tres hijas mi mujer se jubila en el 2021 con 66 años pero mi base reguladora es mayor que la de mi mujer.
Hola Carlos,
Los dos podrían ser perceptores del complemento, siempre que accedan a la jubilación ordinaria o anticipada no voluntaria.
Si quiere que revisemos su caso en detalle puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Hola , quisiera saber si tengo derecho al incremento del 5% en mi pensión x 2 hijos que tengo, mi situación es la siguiente me jubile en marzo 2017, vengo de un ERE de haber trabajo en Banca, no tengo la maximá x la reducción de 12% por anticipar 2 años mi jubilación tengo cotizados y reconocidos 45 años.
Hola Felix,
Parece viable pero necesitamos estudiar la documentación para emitir una opinión más ajustada.
Si quiere que revisemos su caso en detalle puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Hola, he solicitado pensión de Jubilación anticipada derivada del cese no voluntario en el trabajo con 63 años. Tengo 2 hijos. ¿ Podría solicitar ese complemento?¿Tengo que esperar a que se resuelva la solicitud de jubilación para solicitarlo?
Un saludo
Hola Ángel,
si se trata de una jubilación anticipada no voluntaria, tendrá derecho a que se le aplique el complemento.
Si necesita ayuda con la gestión de la reclamación del complemento puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
He sido funcionario del INSS y he resuelto cientos de pensiones con el complemento de maternidad. Jubilado desde 2017, nunca quise reclamar porque veía que no era viable conociendo de cerca la ley.
Tengo que darme prisa en presentar el escrito de reclamación antes que cambien la norma, o les correspondería a los que lo tienen reconocido ya solamente?
Hola José,
Tiene que presentar la solicitud antes de que se produzca el cambio normativo, para que la resuelvan con aplicación de la ley vigente en el momento del hecho causante (la solicitud).
Si quiere que revisemos su caso en detalle puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Me jubilé él 1 de Octubre 2017 tengo 4 hijos me jubilé con 65 años y 5 meses tengo derecho al complemento
Hola Pedro,
Por la información que nos trasmite, tendría derecho a percibir el complemento de su jubilación, con una revalorización de un 15%.
Si necesita ayuda con la gestión de la reclamación del complemento puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Si mi jubilación es en el 2015 tengo derecho a la prestacion por paternidad
Hola José luis,
No, dado que el complemento se reconoce a pensiones reconocidas a partir del 01/01/2016.
Un saludo
Cumplo todos los requisitos para el complemento. En mi caso pertenezco a régimen de clases pasivas. A donde tiene que ir dirigida mi solicitud del complemento de maternidad?
Hola Jorge,
Dado que, inicialmente, lo que se hace es instar la revisión de la pensión que tiene reconocida, tendrá que formularse la solicitud ante el mismo organismo que la aprobó.
Si necesita ayuda con la gestión de la reclamación del complemento puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Buenas tardes, me jubilé parcialmente con contrato de relevo en mayo de 2012, me jubilé totalmente en mayo de 2017, tengo 2 hijos, ¿tendría derecho a percibir la prestación por «maternidad».
Muchas gracias
Hola Félix,
Por lo que nos indica, parece viable. Habría que comprobar la documentación para confirmarlo. Si quiere que revisemos su caso en detalle puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo
Me jubilé el 1-10-2017 con 65 años y 5 meses
Tengo derecho al complemento de maternida
Puedo solicitar los atrasos desde que me jubilé
Hola Pedro,
Por la información que nos indica se podría reclamar. La reclamación surtirá efectos económicos desde 3 meses antes de la solicitud.
Si necesita ayuda con la gestión de la reclamación del complemento puede contactar con nuestro despacho de abogados.
Un saludo