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En los últimos años, muchas personas han sido víctimas de fraudes bancarios realizados a través de internet («phishing»), una técnica con la que los estafadores se hacen pasar por el banco para engañar a los clientes y sustraer el dinero de sus cuentas bancarias a través de transferencias, cargos en las tarjetas de débito o crédito, e incluso a través de Bizum.

En este caso, el Tribunal Supremo analiza en su sentencia núm. 571/2025 una situación en la que un cliente fue víctima de una estafa que implicaba la suplantación de identidad de la entidad bancaria, lo que llevó a la realización de operaciones no autorizadas en su cuenta.

Este tipo de engaños ha generado muchas dudas sobre quién debe hacerse responsable cuando ocurren estas situaciones: ¿El cliente o el banco? Lo cierto es que la sentencia surge en un contexto de creciente preocupación por las estafas bancarias, especialmente aquellas perpetradas mediante técnicas de phishing. Estas prácticas fraudulentas han afectado a numerosos clientes, quienes, en muchos casos, han visto cómo sus fondos eran transferidos sin su consentimiento.

 

¿Qué opina el Tribunal Supremo sobre la atribución de responsabilidad en supuestos de estafas bancarias?

El Tribunal Supremo ha dado una respuesta clara: los bancos tienen una gran responsabilidad en la protección de sus clientes frente a estos fraudes, de tal forma que, salvo en los casos que a continuación explicaremos, deberá ser el banco quien se haga responsable de la pérdida económica sufrida por un usuario como consecuencia de un fraude bancario.

Esta decisión del Tribunal Supremo refuerza los derechos de los usuarios y aclara cómo deben actuar las entidades financieras para evitar que ocurran estas estafas.

La sentencia se apoya en varios preceptos legales, destacando especialmente la Ley de Servicios de Pago (LSP) y el Real Decreto-ley 19/2018, que regula los servicios de pago electrónicos. Estos textos establecen que las entidades bancarias tienen la obligación de implementar medidas de seguridad adecuadas para proteger las cuentas de sus clientes frente a accesos no autorizados.

El Tribunal Supremo enfatiza que la responsabilidad de los bancos en estos casos es cuasiobjetiva, lo que implica que, salvo que se demuestre una negligencia grave o dolo por parte del cliente, la entidad financiera debe asumir la responsabilidad por las operaciones no autorizadas. Este enfoque busca equilibrar la relación entre bancos y clientes, reconociendo la posición de superioridad técnica y organizativa de las entidades financieras.

 

Obligaciones de las entidades bancarias

La sentencia subraya que los bancos no pueden limitarse a proporcionar avisos genéricos sobre los riesgos de fraude, sino que deben adoptar medidas proactivas y tecnológicamente avanzadas para prevenir estas situaciones. Entre las obligaciones destacadas se incluyen:

  • Implementación de sistemas de autenticación robustos: Los bancos deben garantizar que las credenciales de seguridad personalizadas no sean accesibles a terceros y que se transmitan a través de canales seguros.

El acceso a los servicios bancarios on-line debe producirse a través de un sistema de autenticación fuerte, basado en, al menos, dos factores: (i) el tradicional sistema de credenciales basadas en usuario y contraseña y, además (ii) un segundo factor que puede consistir en un certificado digital, un dispositivo criptográfico que genera un número único, una línea de telefonía para recibir SMS o una app en un dispositivo móvil.

  • Monitorización de operaciones sospechosas: Las entidades deben contar con mecanismos para detectar actividades inusuales en las cuentas de sus clientes, como transferencias atípicas o accesos desde ubicaciones no habituales.
  • Educación y formación de los clientes: Es responsabilidad de los bancos informar y educar a sus clientes sobre las prácticas de seguridad y los riesgos asociados a las operaciones electrónicas.

 

¿Qué consecuencias tiene esta sentencia para las víctimas de estabas bancarias?

Para los clientes bancarios, esta sentencia representa un fortalecimiento de sus derechos y una mayor protección frente a fraudes. En caso de ser víctimas de phishing u otras estafas similares, los usuarios tienen el respaldo legal para reclamar la devolución de los fondos sustraídos, siempre que no hayan incumplido sus obligaciones de forma deliberada o incurriendo en una negligencia grave.

Además, corresponde a las entidades bancarias probar esto último, de tal forma que, en caso de no poder probarlo, la entidad bancaria deberá reintegrar todas las cantidades sustraídas al cliente.

La sentencia destaca, además, que, para la apreciación de diligencia por parte de las víctimas de una estafa bancaria, es fundamental que los clientes reporten inmediatamente cualquier actividad sospechosa y colaborando con las investigaciones pertinentes. La rapidez en la respuesta puede ser determinante para mitigar los daños y facilitar la recuperación de los fondos.

 

Conclusión

La sentencia 571/2025 del Tribunal Supremo establece un precedente significativo en la protección de los consumidores frente a estafas bancarias y phishing. Al clarificar las responsabilidades de las entidades financieras y reforzar las obligaciones establecidas en la Ley de Servicios de Pago, se avanza hacia un sistema más seguro y equitativo para todos los usuarios del sistema bancario.

Se trata de una gran noticia para quienes han sufrido este tipo de estafas, pues, con este fallo, el Tribunal Supremo deja claro que los bancos deben responder por las operaciones no autorizadas si no pueden probar que el cliente actuó con negligencia grave o que participó de forma fraudulenta. Además, exige a las entidades que implementen medidas de seguridad eficaces, no solo para prevenir el fraude, sino también para proteger adecuadamente a sus clientes.

Si has sido víctima de un fraude bancario, si has detectado movimientos extraños en tu cuenta o, si tienes dudas sobre si tu banco ha actuado correctamente, es el momento de actuar.

En Caruncho & Tomé, contamos con experiencia acreditada en este tipo de reclamaciones y estamos comprometidos con la defensa de los derechos de los consumidores financieros. Podemos ayudarte a revisar tu caso, asesorarte legalmente y, si procede, iniciar una reclamación para recuperar tu dinero.