Recientemente la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción al denominado “cártel de la leche” dando la posibilidad a los ganaderos gallegos de reclamar a las grandes industrias lácteas un importe que podría alcanzar los 16 millones de euros sólo por el último ejercicio.
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¿Cuál es el motivo de la sanción al cartel de la leche?
Las prácticas anticompetitivas llevadas a cabo por las grandes empresas lácteas han sido el intercambio de información sensible, a nivel nacional y regional, sobre los precios de compra de leche cruda de vaca y sobre los volúmenes de compra de ganaderos y excedentes de la leche.
Los productores afectados sospecharon de la existencia de algunos acuerdos entre los compradores, dados los obstáculos a la hora de cambiar de comprador. Un estudio realizado por Competencia indica que parece existir una estrategia de acuerdo de precios de compra de la leche cruda de las empresas transformadoras que se basa en el liderazgo de precios. Las empresas evitan competir en precios entre sí, y siguen a un líder que es quien impone el precio. Este precio se mantiene resultando beneficioso para todas las empresas transformadoras y perjudica notablemente a los ganaderos. Estos precios se fijan mediante un sistema rotatorio que dificulta la detección de la práctica, pues nunca es el mismo comprador quien establece el precio.
¿Quién tiene derecho a reclamar al cartel de la leche?
Propietarios de explotaciones ganaderas activas durante los años 2000 y 2013 tanto como persona física, o a través de una sociedad. No afecta que siga en activo, haya cerrado o se haya jubilado.
Tienen derecho a interponer una reclamación todos aquellos propietarios de explotaciones ganaderas que hubiesen tenido como compradora a alguna de las anteriores industrias lácteas durante los años 2000 y 2013 (este último incluido), período en el cual se cometieron de manera continuada las infracciones mencionadas.
Galicia es la comunidad más afectada por estas infracciones, pues a principios de este año no sólo lideraba con claridad la producción a nivel nacional, concentrándose el 55% de las explotaciones lácteas de España y aglutinando el 40% de la producción, sino que también se consolidaba como la octava región láctea a nivel europeo. Y todo ello a pesar del cierre masivo de explotaciones – en 2018 cerraron una media de 80 explotaciones al mes; suponiendo más del 60% de los cierres de explotaciones ganaderas españolas – dada la escasa rentabilidad del producto, pues el precio del litro está en la cola de España, solamente por delante de Murcia (llegó a caer hasta 0,26 €/litro).
Los grandes grupos de recogida de leche de la comunidad Gallega son la Cooperativa FEIRACO (líder en el sector lácteo gallego), LACTALIS IBERIA, S.A. (que es la tercera industria lechera a nivel mundial por facturación y con una recogida en Galicia en 2016 con más de 1,5 millones de litros diarios. La filial gallega LACTALIS COMPRAS Y SUMINISTROS, S.L. obtuvo en 2016 un volumen de ventas próximo a los 400 millones de euros), Leche RÍO (que comercializaba en 2012 aproximadamente el 17% de recogida de leche en Galicia), CAPSA (logró en 2016 un beneficio neto de 13,6 millones siendo en este año la segunda láctea más importante de nuestra Comunidad Autónoma), y Leche Celta; todas ellas implicadas en el cártel, aunque no todas han sido sancionadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en su resolución, al haber prescrito algunas de las conductas.
El cártel no solo afecta a Galicia, sino que tuvo repercusión en toda España, principalmente en Asturias, Castilla y León, Cantabria, Andalucia, Cataluña, Pais Vasco y Navarra.
¿Qué industrias lácteas formaban parte del cártel y cuáles han sido sancionadas?
Han participado y han sido sancionadas por las infracciones cometidas:
- La Asociación de Empresas Lácteas de Galicia (AELGA)
- Calidad Pascual, Central Lechera de Galicia (CELEGA)
- Corporación Alimentaria Peñasanta (CAPSA)
- Danone
- Gremio de Industrias Lácteas de Cataluña (GIL)
- Grupo Lactalis Iberia
- Nestlé España
- Industrias Lácteas de Granada (Puleva)
- Schreiber Food España
Industrias Lácteas Asturianas (ILAS), Leche Río, Feiraco, Leche Celta, Forlactaria y Central Lechera Asturiana también han participado pero sus infracciones ya prescribieron.
¿Qué plazo tienen los ganaderos para ejercitar acción por daños y perjuicios?
El artículo 74 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, establece un plazo de prescripción de 5 años para exigir la responsabilidad por daños y perjuicios causados a consecuencia de las infracciones del Derecho de la competencia.
El cómputo de dicho plazo comenzó en el momento en el que los afectados tuvieron conocimiento de las siguientes circunstancias: la conducta y el hecho de que sea constitutiva de una infracción de competencia, el perjuicio ocasionado por la citada infracción y la identidad del infractor.
Dicho plazo se interrumpe siempre que la autoridad de la competencia inicia una investigación o un procedimiento sancionador en relación con una infracción del Derecho de la competencia, relacionados con la acción de daños.
¿Cuánto dinero puedo reclamar?
No hay una cantidad fija, pues en este tipo de casos para cuantificar el importe a reclamar por parte de cada afectado hay que tener en cuenta su situación individual. Los precios percibidos por la leche durante períodos temporales anteriores y posteriores a dichas prácticas ilegales puedan considerarse “precios libres de mercado”, aplicando la diferencia entre el precio “cartelizado” que han cobrado por litro y el precio por litro que habrían percibido en un escenario sin cártel, resultaría el importe del perjuicio sufrido y, por tanto, el importe a reclamar por cada ganadero.
Según la resolución de la CNMC se estima que el precio que dejaste de recibir esta entorno al 12,5%, más los intereses devengados.
Para poner un ejemplo:
Una explotación pequeña de 25 vacas, ha dejado de percibir 1600€ por vaca, lo que hace unos 40.000€. A lo que hay que sumarle los intereses devengados siendo una reclamación total de 60.000€
Pertenezco a una cooperativa, ¿quién tiene que reclamar?
Si en aquellas fechas pertenecía a una cooperativa, la reclamación la deben hacer los socios, pero contando con el apoyo de la Cooperativa para todo lo relativo a la documentación.
Cuando se demuestra lo que dejó cobrar la cooperativa, se puede probar el perjuicio a sus socios.
Sin embargo, si la cooperativa no quiere iniciar la reclamación, los socios pueden reclamar individualmente.
¿Qué tengo que hacer para reclamar?
Solamente aportarnos la documentación correspondiente que justifique la venta de leche entre los años 2000 y 2013 a las empresas lácteas implicadas.
El proceso de reclamación seria el siguiente:
- En primer lugar, ha de recogerse la información correspondiente que justifique la venta de leche entre las fechas indicadas a las empresas lácteas implicadas.
- En segundo lugar, analizaremos dicha información y documentación con peritos expertos para determinar el perjuicio ocasionado a cada concreto ganadero.
- Y, por último, preparación, elaboración y presentación de las respectivas reclamaciones extrajudiciales, en su caso, y de la demanda judicial contra la empresa láctea correspondiente.
¿Cómo me ayuda el despacho?
El Despacho se encargará del tratamiento de la información y documentación procedente de cada ganadero y de la contratación de expertos para la elaboración del Informe pericial que ha de acompañarse a la demanda judicial.
Igualmente se encargará de la presentación de la demanda y de la defensa del ganadero hasta la finalización del procedimiento judicial mediante sentencia y, en su caso, de la ejecución de la resolución con entrega al ganadero de las cantidades reconocidas a su favor.
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