Hace poco salió la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia en la que establecía que las prestaciones públicas por maternidad recibidas por la seguridad social están exentas de tributación de IRPF.
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Todas las contribuyentes del IRPF que hayan disfrutado de la prestación por maternidad en los últimos cuatro años.
Se podrán solicitar la devolución del IRPF de las declaraciones de los años 2014 a 2017, ambos inclusive, así como los intereses de demora.
Presentando ante la Agencia Tributaria, escrito de rectificación de la declaración del IRPF del ejercicio que obtuvo la prestación por maternidad en el que se especifique que, en virtud de la sentencia del Tribunal Supremo se ha incluido dicha prestación, declarada exenta, y como consecuencia da lugar a la devolución de ingresos indebidos.
La cuantía de la devolución dependerá de la prestación recibida, y de sus ingresos ya que el IRPF es un impuesto personal que grava las circunstancias personales de cada contribuyente.
Por ejemplo, para una prestación de 5.681 euros en 2015, la devolución oscilaría entre 1.000 y 2.600 euros, según las estimaciones de la OCU.
La ley de IRPF establece la exención en la prestación por maternidad, sin embargo el Tribunal Supremo en otros supuestos ha equiparado ambas situaciones dándoles un tratamiento idéntico.
No obstante se desconoce el criterio que la Agencia Tributaria va a aplicar a este supuesto.
Se puede solicitar la devolución del IRPF de los últimos cuatro años no prescritos. Esto quiere decir, que el 30 de junio del 2.019 finaliza el plazo para presentar la solicitud de devolución del año 2.014.
Las declaraciones anteriores a 2014 están prescritas, por lo que no se pueden reclamar mediante un escrito de rectificación.
Como excepción, aquellas personas que iniciaran un procedimiento judicial para recuperar el dinero pagado por IRPF en los años previos a 2014 y que siga abierto podrán beneficiarse de la sentencia del Supremo y recuperar su dinero por la vía judicial.
En Caruncho y Tomé contamos con economistas y abogados especialistas en derecho fiscal, que te pueden ayudar con la reclamación del IRPF por Maternidad comprendido entre los años 2014 y 2017.
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