Categorías: Civil

Precauciones antes de montar tu negocio en un local arrendado

Si tienes idea de alquilar un local para montar tu negocio estás obligado a seguir leyendo…

Comenzar un negocio en un local arrendado es una de las prácticas más habituales. Generalmente, el local exigirá una importante obra de reforma y acondicionamiento a nuestro negocio.

Por supuesto, habrá que firmar un contrato de arrendamiento. Este contrato merece una atención especial; son 5 las principales cuestiones que deberás tener en cuenta antes de firmarlo, si no quieres tener un problema en el futuro:

1.- Comprueba en el Registro de la Propiedad si el local está hipotecado:

Aunque se trata de la más desconocida, esta es la principal precaución que debe tener el arrendatario: comprobar si el local tiene hipoteca.

Decimos esto porque, en caso de que exista hipoteca, si el propietario no puede pagar al banco y este ejecuta la hipoteca, el arrendatario tiene un serio problema ya que al ser la hipoteca anterior al contrato de arrendamiento puede llegar a extinguir este.

En este supuesto de existencia de hipoteca, el arrendatario deberá tomar garantías para quedar protegido frente al banco. Será un abogado especialista el que mejor pueda asesorarte.

2.- Inscribe el contrato en el Registro de la Propiedad:

Se aconseja firmar el contrato ante Notario e inscribirlo en el Registro. Su inscripción nos protege frente a terceros.

3.- Dejar constancia del estado inicial del local:

Debes revisar detenidamente el estado del local y advertir por escrito si aparecen daños o desperfectos, incluso tomando fotografías de su estado.

4.- Fianzas y avales:

Es práctica habitual que los propietarios exijan garantías a los arrendatarios.  En algunos casos, pedirán entregas por adelantado de varias mensualidades o bien avales bancarios que garanticen el cumplimiento del pago de la renta.

En estos supuestos, debe quedar perfectamente recogido en contrato el tipo de garantía prestada y su finalidad.

5.- Renuncia a derechos legales del arrendatario:

También es habitual que el arrendatario (en muchos casos sin ser consciente de ello) renuncie a determinados derechos legales como son el subarriendo y el de adquisición preferente.

La renuncia al primero supone que no podrá subarrendar el local a un tercero sin la autorización expresa del dueño. La renuncia al segundo supone que si el local se vende a un tercero no tendrá derecho de comprarlo en las mismas condiciones.

Caruncho & Tomé Abogados

Caruncho y Tomé es un Despacho de Abogados y Asesores Fiscales en A Coruña, compuesto por un amplio equipo de profesionales, con más de 30 años de experiencia.

Entradas recientes

Pactos de Mejora en Galicia

¿Qué es el pacto de mejora? El pacto de mejora es una herramienta legal en…

hace 2 semanas

Declaración de la Renta 2023

El Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), es un impuesto directo y…

hace 3 semanas

¿Cómo y cuándo se produce la incapacidad permanente?

Cómo a veces le ocurre a un trabajador, la imposibilidad de seguir con su profesión…

hace 1 mes

Ciberataques en empresas: ¿Qué podemos hacer legalmente?

El incremento de los ciberataques y fraudes por internet ya representa uno de cada cinco delitos…

hace 2 meses

Reclamación por los intereses abusivos en microcréditos

¿Qué son los microcréditos? Los “microcréditos”, también llamados mini créditos, créditos express, Prestamos rápidos o…

hace 3 meses