Fiscal

Deducción gastos de guardería en el IRPF

La nueva campaña de la declaración de la renta del ejercicio 2018, ha traído consigo una importante novedad respecto a otros ejercicios que es lo que se conoce como “cheque bebé”.

 Esta medida supone una deducción en el IRPF de 1.000 euros que reciben las madres trabajadoras con hijos a cargo de entre cero y tres años. Esta medida es un extra sobre los 1.200 euros anuales deducibles reconocidos hasta ahora.

En Galicia se estima que se podrían beneficiar de esta medida 47.000 mujeres en la comunidad gallega, según los datos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).

¿Quién puede solicitar la deducción de gastos?

La deducción se la pueden aplicar aquellas madres que en 2018 han trabajado por cuenta propia y ajena y que hayan enviado a sus hijos de entre 0 y 3 años a guarderías o centros de educación infantil autorizados.

¿Qué cuantías son deducibles?

Serán deducibles las cuotas pagadas a guarderías y centros de educación infantil autorizados, la inscripción y matrícula, la asistencia – en horario general y ampliado- y la alimentación.

¿Las cantidades pagadas por la empresa en concepto de retribución en especie pueden gozar de dicha exención?

No. Las cantidades abonadas por la empresa en concepto de retribución en especie no podrán formar parte de la base de la deducción. Sin embargo, sí que son deducibles y pueden gozar de dicha exención los supuestos en los que se produce una mediación de pago por parte de la empresa respecto de los gastos efectuados por el empleado, es decir, supuestos en que la empresa se limita a abonar una cantidad por cuenta y orden del empleado.

¿Cómo se tramita la deducción de gastos de guardería?

Las madres no tienen que hacer nada hasta la declaración, sino que son las guarderías o centros las que deberán a entregar a Hacienda el modelo 233 con la información sobre los menores y los gastos deducibles.

Caruncho & Tomé Abogados

Caruncho y Tomé es un Despacho de Abogados y Asesores Fiscales en A Coruña, compuesto por un amplio equipo de profesionales, con más de 30 años de experiencia.

Ver comentarios

  • Hola,

    En el caso que se pague a través retribución en especie por ejemplo 7 meses 1750€ y luego los otros 4 meses 1000 de "mi bolsillo", entiendo que el pago en especie ya no te lo puedes deducir pero los 1000 si se podría?

    • Hola Tamara,

      Efectivamente si puede demostrar que esos 1.000,00 € los ha satisfecho usted puede aplicarse dicha deducción, siempre que la guardería haya comunicado esa información a Hacienda a través del modelo 233.

      Un saludo

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